Código Tributario – Actual Texto – Artículos 97 N° 9 – Ley sobre Propiedad
Intelectual – Actual Texto – Artículo 80 letra b).
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El bien jurídico protegido en el artículo 97 N° 9 del Código Tributario es
el orden público económico, orden que resulta quebrantado por la
clandestinidad de las acciones mercantiles sean éstas lícitas o ilícitas.
CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA – 30.12.2008 SII C/ JOSE DELGADO MARCHANT -
ROL 462-2008 – MINISTROS SR. DARIO CARRETTA NAVEA - SRA. EMMA DIAZ YEVENES –
ABOGADO INTEGRANTE SR. JUAN ALBORNOZ ROBERTSON.
Código Tributario – Actual Texto - Artículo 97 N° 9.
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No es condición del tipo penal previsto y sancionado en el artículo 97 N° 9
del Código Tributario la habitualidad en su comisión.
CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO – 19.12.2008 - SII C/ NELSON UGALDE
SEPULVEDA - ROL 700-2008 – MINISTRO REDACTOR SE. MUÑOZ PARDO.
Código Tributario – Actual Texto – Artículos 97 N° 9 – Ley N° 17.366 sobre
Propiedad Intelectual – Artículo 80.
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Si el elemento típico consistente en “comerciar especies” no resulta probado
en autos, no corresponde aplicar la sanción contemplada en el artículo 97 N°
9 del Código Tributario.
CORTE DE APELACIONES DE SAN MIGUEL – 15.09.2008 - SII C/ ENZO ENRIQUE
VALENZUELA MORALES - ROL 1175-2008 – MINISTROS SRES. CLAUDIO PAVEZ AHUMADA –
MARIA SOLEDAD ESPINA OTERO – ADRIANA SOTTOVIA GIMENEZ.
Código Tributario – Actual Texto - Artículos 97 N° 9 – Ley N° 19.039 –
Artículo 28.
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En la definición de renta, la legislación tributaria no distingue entre
ingresos producidos por actuaciones legítimas o ilegales.
CORTE SUPREMA – 18.08.2008 – ROL 2155-2008 - C/ JORGE SANTANDER TRONCOSO –
MINISTROS SRES. NIBALDO SEGURA P. - JAIME RODRIGUEZ E. - RUBEN BALLESTEROS
C. - HUGO DOLMESTCH U. - ABOGADO INTEGRANTE SR. DOMINGO HERNANDEZ E.
Código
Tributario – Actual Texto – Artículo 97 N° 9.
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El tipo penal contenido en el artículo 97 N° 9 del Código Tributario no
requiere que el hecho deba enmarcarse en un acto de comercio, siendo
circunstancia bastante que ciertos bienes hayan sido objeto de una
transacción económica, sin que sea tampoco necesaria la habitualidad ni su
inclusión dentro de un giro comercial determinado.
CORTE
DE APELACIONES DE VALDIVIA – 18.03.2008 – ROL N° 88-2007 - C/ ERICO FEDERICO
AEDO ABURTO – REDACCION MINISTRO SR. JUAN IGNACIO CORREA ROSADO.
Código Tributario – Actual Texto – Artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2°.
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Respecto del delito previsto en el artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° del
Código Tributario, la carga de la prueba sólo dice relación con la
circunstancia de haberse presentado alguna declaración maliciosamente
incompleta o falsa, dirigida a aumentar el monto de los créditos en relación
con las cantidades que se deben pagar.
CORTE
DE APELACIONES DE SAN MIGUEL – 04.08.2008 - SII C/ ALVARO NIADA IBAÑEZ - ROL
2807-2005 – MINISTROS SRAS. LYA CABELLO ABDALA – MARTA HANTKE CORVALAN –
ABOGADO INTEGRANTE SR. JORGE QUINZIO FIGUEIREDO.
Código Tributario – Actual Texto – Artículos 97 N° 4 incisos 1° y 2°.
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La condena a un acusado por los delitos contemplados en los incisos 1° y 2°
del artículo 97 N° 4 del Código Tributario atenta contra el principio de la
especialidad de la norma penal.
CORTE
DE APELACIONES DE SAN MIGUEL – 02.07.2008 - SII C/ LUIS ARMANDO JARA FLORES
- ROL 228-2008 – MINISTROS SRAS. GABRIELA HERNANDEZ GUZMAN – IRMA MEÜRER
MONTALVA - ABOGADO INTEGRANTE SRA. TITA ARANGUIZ ZUÑIGA.
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 inciso final (juicio oral).
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Para estimarse configurado el ilícito previsto y sancionado en el artículo
97 N° 4 inciso final del Código Tributario, no resulta relevante que los
documentos estén o no timbrados por el Servicio de Impuestos Internos, pues
sigue siendo delito, aún con el cuño respectivo.
TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL DE COPIAPO – 28.10.2008 – RIT 75-08 - C/ ALEJANDRO
HERNAN BAROS FRITIS - JUECES SRES. MILTON VALDEBENITO MORAGA – MARIANNE
BARRIOS SOCIAS – PAOLA SANDRA GONZALEZ LOPEZ. |