REAVALUO DE SITIOS NO EDIFICADOS, PROPIEDADES ABANDONADAS Y POZOS LASTREROS 2007

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Reclamos de avalúos:

Marco legal del reavalúo:

Sobretasa de impuesto territorial:

 
Introducción

En enero de 2007 entró en vigencia el reavalúo de los bienes raíces no agrícolas, correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, ubicados en las áreas urbanas de todo el país. En efecto, la ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, establece que estos bienes deben ser objeto de un reavalúo todos los años, así como de la aplicación de una sobretasa del 100% respecto de la tasa vigente del impuesto.


Las citadas propiedades incluidas en este proceso de reavalúo son 107.629, que equivalen a un 2,34% de las propiedades urbanas del país.


De acuerdo a lo que dispone la ley, la exhibición legal de los nuevos avalúos de estos bienes se hará en los municipios respectivos, a contar de la última semana de febrero. Sin perjuicio de esto, el SII ha remitido a cada propiedad, objeto de este reavalúo y afecta al pago de contribuciones, una carta informativa con los resultados del proceso para la propiedad respectiva. En la opción “Carta de Reavalúo” Ud. podrá consultar el monto de las cuotas trimestrales correspondientes al primer semestre de 2007, con vencimiento de pago al 30 de abril y 30 de junio, respectivamente.


Mayor información sobre este proceso puede ser consultada en esta Oficina Virtual, como, asimismo, en los Departamentos de Avaluaciones de las unidades del SII a lo largo del país y en las Oficinas de Convenio SII/Municipios que apoyan la administración del Impuesto Territorial.