Introducción
A contar del 1 de enero de 2010, entró en vigencia el reavalúo de los bienes raíces no agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, que se ubican en las áreas urbanas de todo el país. En efecto, la Ley N° 17.235 sobre Impuesto Territorial, establece que estas propiedades deben ser objeto de un reavalúo todos los años, así como de la aplicación de una sobretasa del 100% respecto de la tasa vigente del impuesto.
Las citadas propiedades incluidas en este proceso de reavalúo son 105.995, que equivalen a un 2% de las propiedades no agrícolas del país.
En cumplimiento con lo dispuesto en la ley, dentro de los próximos días cada municipalidad deberá iniciar la exhibición legal del rol de avalúos durante un período de 30 días corridos. Sin perjuicio de esto, el SII remitirá a cada una de las propiedades reavaluadas, afectas al pago de contribuciones, una carta informativa con la nueva tasación de su propiedad. En la opción “Carta de Reavalúo” Ud. podrá consultar su nuevo avalúo y el monto de las cuotas trimestrales, correspondientes al primer semestre de 2010, con vencimiento de pago al 30 de abril y 30 de junio, respectivamente.
Si necesita mayor información sobre este proceso, revise los antecedentes disponibles en esta Oficina Virtual, o bien comuníquese con nuestra Mesa de Ayuda Telefónica al 02-3951115, o diríjase a cualquiera de nuestras oficinas ubicadas a lo largo del país.
Las contribuciones que usted paga son la principal fuente de financiamiento de su municipio