PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración de IVA | Antecedentes para confeccionar la declaración | Anticipos y retenciones por cambio de sujeto de IVA

 Pregunta   ID:   001.030.1204.005  Fecha de Creación:   18/03/2004

¿A los transportistas de carga terrestre se les puede retener el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y exigir guías de despacho?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   20/06/2022

No, a los transportistas de carga terrestre no se les puede retener el IVA y exigir guías de despacho por el flete prestado, pues no existe disposición alguna que establezca un Cambio de Sujeto en el transporte de carga que signifique retener el IVA, y porque la obligación de emisión de guías de despacho como regla general recae en el vendedor o prestador de servicios que ha contratado el transporte de carga terrestre, conforme a lo dispuesto en el artículo 55° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circular N° 103, de 1979.

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