PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración de IVA | Devolución de IVA | Devolución de IVA pagado en exceso

 Pregunta   ID:   001.030.2118.006  Fecha de Creación:   17/12/2004

¿Cuál es el procedimiento para recuperar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagado en importaciones, no utilizado como Crédito Fiscal en el período de la importación?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   08/03/2023

A contar del 01 de marzo 2020

El Crédito Fiscal por importaciones, que es equivalente al pago realizado por la importación de las especies al territorio nacional,  puede usarse en el mismo período en que fue pagado. No obstante, este crédito fiscal se puede usar dentro de los dos períodos tributarios siguientes sólo cuando el comprobante de ingreso del impuesto se reciba o se registre con retraso, por cualquier hecho no imputable al contribuyente. En caso que no se cumpla la condición señalada, se aplica el procedimiento que regía con anterioridad.

Antes del 01 de marzo 2020

El procedimiento consiste en presentar declaraciones modificatorias por los períodos tributarios en los cuales se produzca un pago indebido o en exceso y solicitar su devolución a través del Formulario 2117 de Solicitud, según lo establecido en los artículos 51 y 126 del Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Normativa y legislación, opción Circulares, Circular N° 72, de 2001, y Circular N° 48, de 2004.

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