PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración de IVA | Antecedentes para confeccionar la declaración | Impuesto al Valor Agregado | Crédito fiscal

 Pregunta   ID:   001.030.3294.007  Fecha de Creación:   29/07/2005

¿Las ventas de inmuebles que hace una empresa constructora a empresas filiales del Estado, se benefician con el crédito del 65% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que afecta a esa operación?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   16/03/2023

Sí, en la medida que se trate de inmuebles para habitación, entre otros requisitos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 del D.L. 910, de 1975, y sus modificaciones.

Se hace presente que el crédito especial empresas costructoras (CEEC) fue eliminado por la Ley N° 21.420, publicada en el Diario Oficial el 4 de febrero de 2022, con vigencia a partir del 1 de enero de 2025.  Por otra parte, los artículos quinto y sexto transitorios de la misma Ley, modificados por la Ley N° 21.462, publicada en el Diario Oficial de 26 de julio de 2022, contemplan un régimen de transición hasta la completa eliminación del CEEC.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares, Circular N°26 de 1987, Circular N° 52 de 2008, Circular N° 39 de 2009, Circular 55 de 2014 y Circular N° 43, de 2022.

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