Sí, en la medida que se trate de inmuebles para habitación, entre otros requisitos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 del D.L. 910, de 1975, y sus modificaciones.
Se hace presente que el crédito
especial empresas costructoras (CEEC) fue eliminado por la Ley N° 21.420, publicada
en el Diario Oficial el 4 de febrero de 2022, con vigencia a partir del
1 de enero de 2025.
Por otra parte, los artículos quinto y sexto transitorios de la misma Ley,
modificados por la Ley N° 21.462, publicada en el Diario Oficial de 26 de julio
de 2022, contemplan
un régimen de transición hasta la completa eliminación del
CEEC.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción
Circulares,
Circular
N°26 de 1987,
Circular N°
52 de 2008,
Circular N°
39 de 2009,
Circular
55 de 2014 y
Circular N° 43, de 2022.
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