PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración de IVA | Antecedentes para confeccionar la declaración | Impuesto al Valor Agregado | Crédito fiscal

 Pregunta   ID:   001.030.3295.007  Fecha de Creación:   29/07/2005

¿Los contratistas pueden hacer uso del crédito especial para empresas constructoras en la construcción y venta de casas con subsidio rural?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   27/02/2023

Sí, en la medida que celebren un contrato general de construcción de inmuebles para habitación, de conformidad con el artículo 21 del Decreto Ley 910 de 1975.

Se hace presente que el crédito especial empresas costructoras (CEEC) fue eliminado por la Ley N° 21.420, publicada en el Diario Oficial el 4 de febrero de 2022, con vigencia a partir del 1 de enero de 2025.  Por otra parte, los artículos quinto y sexto transitorios de la misma Ley, modificados por la Ley N° 21.462, publicada en el Diario Oficial de 26 de julio de 2022, contemplan un régimen de transición hasta la completa eliminación del CEEC.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Normativa y legislación, opción Circulares, Circular N°26 de 1987Circular N° 52 del 2008Circular N° 39 del 2009, Circular 65 de 2014, Circular N°13, de 2016 y Circular N° 43, de 2022.

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