PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración de IVA | Antecedentes para confeccionar la declaración | Impuesto al Valor Agregado | Débito fiscal

 Pregunta   ID:   001.030.5446.003  Fecha de Creación:   26/06/2007

¿La venta o arrendamiento de software está gravada con el Impuesto al Valor Agregado (IVA)?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   05/05/2023

Sí, las operaciones de venta y arrendamiento de software se asimilan a los contratos de licenciamiento y sublicenciamiento de programas computacionales o softwares y se encuentran gravados con IVA, según lo dispuesto en el artículo 8°, letra h), de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Puede obtener mayor información relativa al tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa, Oficio N° 4.253, de 2005.

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