No deben presentar el Formulario 3323 todos aquellos que no estén en la categoría de los contribuyentes afectos al Impuesto al Valor Agregado (IVA), o bien aquellas personas afectas al IVA y los exportadores, que en ningún año comercial han cumplido el criterio de obligación consistente en igualar o superar el crédito fiscal anual de $250.000.000.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú
Declaraciones Juradas IVA, opción Información
y Ayuda.
|