PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Declaración Jurada - Resumen de IVA de compras y ventas | ¿Qué debe informarse en la declaración jurada resumen de IVA? | IVA que afectó a las ventas

 Pregunta   ID:   001.033.3338.003  Fecha de Creación:   12/08/2005

¿En la Declaración Jurada 3323 deben ser informadas las ventas con boleta y con qué RUT se informan?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   02/06/2015

No, el IVA de las ventas con boletas no se debe informar en la declaración jurada 3323 de acuerdo con las instrucciones impartidas sobre esta materia.

Excepcionalmente, sólo los consignatarios y/o comisionistas que hayan efectuado ventas y/o servicios por cuenta de terceros con boletas de ventas y servicios, deberán informar el monto de IVA asociado, descontado el valor del IVA correspondiente a las notas de crédito emitidas por dicho concepto, en el Resumen del IVA de las ventas, con un RUT 33.333.333-3, marcando la respectiva fila con una letra “C” en la columna 12 de la Declaración Jurada 3323.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Declaraciones Juradas IVA, opción Información y Ayuda.

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