PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Créditos y beneficios tributarios | Créditos tributarios | Empresas constructoras

 Pregunta   ID:   001.002.5669.007  Fecha de Creación:   21/11/2007

¿Los contratistas que realizan mantenimiento, reparaciones y ampliaciones a viviendas usadas, en virtud de un contrato general de construcción, pueden facturar con el crédito especial del 65%?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   20/06/2022

No, un contratista que realiza mantenimiento, reparaciones y ampliaciones de una vivienda usada no tiene derecho a imputar el crédito especial del 65%, por expresa disposición del actual inciso 4° del Art. 21° del D.L. N° 910. Excepto para el caso de aquellos contratos que recaigan exclusivamente en las viviendas a que se refiere el artículo 3° del decreto ley N° 2.552, de 1979, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Circulares, Circular N°26 de 1987, Circular N° 52 del 2008, Circular N° 39 del 2009 y Circular 42 de 2015.

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