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PRIMERA PARTE SUPLEMENTO TRIBUTARIO

I.- Normas Comunes para la Confección de la Declaración de los Impuestos

Anuales a la Renta correspondientes al Año Tributario 2016

(A) Única Declaración

La información por contribuyente debe presentarse en

una sola declaración

. Sin embargo, al

declarar por un medio electrónico, la declaración sin pago enviada puede ser

reemplazada

tantas

veces como se desee, hasta el día

26 de abril de 2016

, considerándose como declaración

vigente

la última recibida dentro de este plazo. Los contribuyentes que declaren en forma posterior a esa

fecha no podrán reemplazar la declaración presentada, ni las presentadas con anterioridad a dicha

fecha.

Las empresas con sucursales u otras dependencias, deberán presentar

una sola declaración

, con

la información consolidada de sus distintos negocios o establecimientos, documento que deberá

ser presentado por la casa matriz con su respectivo

número de RUT.

(B) Identificación del Declarante

Revise con especial cuidado los antecedentes relativos a su domicilio

(calle, número, oficina o

departamento, ciudad, comuna, región, teléfono, y correo electrónico),

el cual debe

corresponder al

domicilio vigente

, lo que permitirá que tanto el cheque o depósito respectivo, en

caso que corresponda devolución de remanente de impuesto, como las comunicaciones que la

Administración Tributaria le envíe, sean recibidas oportunamente por usted.

La Sección para registrar estos datos se encuentra en el reverso del Formulario 22 y debe ser

utilizada por todos los contribuyentes en

forma obligatoria

.

(C) Forma en que deberá entregarse la información

El único documento válido para efectuar la declaración y pago de los impuestos anuales a la

renta es el Formulario 22, el que debe hacerse llegar al SII a través de las distintas alternativas

existentes.

La forma más eficiente para hacer llegar el Formulario 22 al SII es a través de la

transmisión

electrónica de datos vía INTERNET

. Para tales efectos, los contribuyentes contarán con las

siguientes alternativas:

Propuesta de Declaración

,

Software Comercial

y

Formulario en

Pantalla

, las cuales se detallan en el Capítulo II de esta

PRIMERA PARTE

del presente

Suplemento Tributario.

El Servicio de Impuestos Internos pone además a disposición de los contribuyentes una

aplicación para dispositivos móviles “inteligentes” (smartphones y tablets)

. Esta alternativa

permite ver la

Propuesta de Declaración de Renta

y

Consulta del Estado de Renta

. Este

servicio se detalla en el Capítulo III de esta

PRIMERA PARTE

del presente Suplemento,

indicando los procedimientos a seguir y las condiciones que debe cumplir el contribuyente para

poder emplearlo.

Para los contribuyentes que no tengan la posibilidad de acceder a Internet, el SII dispone de

servicios que facilitan su trámite tributario: Centros de Atención al Contribuyente, ubicados en