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A fin de evitar las situaciones que se pueden presentar mediante el pago de su devolución con la
emisión de un cheque (cheque extraviado, hurtado, robado o demoras en su entrega),
se
recomienda a los contribuyentes privilegiar su devolución mediante depósito en cuenta
bancaria
, por las ventajas de rapidez y seguridad que este medio brinda a los contribuyentes.
De no contar con una cuenta bancaria, Ud. puede solicitar la apertura de una Cuenta RUT al
momento de declarar. Para la activación de esta cuenta usted debe concurrir con su cédula de
identidad a cualquier sucursal del Banco Estado.
A partir de este año, si usted no entregó información para depósito de su devolución y su
devolución autorizada es menor o igual a $3.000.000, ésta se encontrará disponible a partir del
día 30 de mayo en cajas de sucursales de Banco Estado o ServiEstado.
(K) Errores más frecuentes
Durante el
Proceso de Operación Renta,
cada declaración es sometida computacionalmente a
un exhaustivo chequeo que verifica la consistencia aritmética, lógica y tributaria de los
antecedentes incluidos en ella. Esta etapa es fundamental, como paso previo para determinar que
la declaración está correcta y proceder, posteriormente, a la emisión del cheque o depósito por el
monto de la devolución en los casos que corresponda. Sin embargo, cada año un número
importante de declaraciones son observadas por contener errores u omisiones, los cuales se
pueden clasificar en los que no afectan el resultado tributario y aquellos que sí afectan a dicho
resultado:
(1)
Los que no afectan el resultado tributario
Son aquellos errores detectados mediante un chequeo computacional de la información
declarada relativa a la identificación del contribuyente, cambios de línea, problemas
aritméticos u otro error que no altera el resultado final de la declaración, pero que impide
su proceso por falta de información relevante.
Por los motivos antes señalados, el contribuyente será notificado por el Servicio de
Impuestos Internos para rectificar su declaración. Sin embargo, al presentar la
Declaración de Renta vía electrónica, estos tipos de errores nunca ocurrirán ya que la
aplicación de ingreso realizará las validaciones correspondientes.
(2)
Los que sí afectan el resultado tributario
Estos corresponden a la omisión o declaración parcial de rentas percibidas durante el Año
Tributario respectivo. Por ejemplo, dividendos obtenidos durante el período, intereses por
depósitos bancarios, honorarios, ganancias de capital, retiros de sociedades, rentas afectas
al Impuesto Único de Segunda Categoría cuando se tiene más de una renta, etc.
La información aportada por terceros respecto de sus ingresos, retenciones y otros se
podrá consultar directamente en el sitio web del Servicio, en la opción
“Información de
sus ingresos, agentes retenedores y otros”.
En caso contrario, el Servicio ha dispuesto
la emisión de Certificados que permitan al contribuyente simplificar la confección de su
declaración, por lo que se le recomienda solicitarlos a las empresas o instituciones
obligadas a emitirlos.
(3)
Sugerencias
Para asegurarse que la declaración a enviar está correcta y que ella no tendrá problemas
posteriores, se deberán tomar en consideración las siguientes sugerencias: