Orientaciones didácticas
Material adicional
El Servicio de Impuestos Internos tiene, entre otras responsabilidades fundamentales, administrar con equidad el sistema de tributos internos, facilitar y fiscalizar el cumplimiento tributario, propiciar la reducción de costos de cumplimiento, y potenciar la modernización del Estado y la administración tributaria en línea.
Como institución perteneciente al Estado, al Servicio de Impuestos Internos le interesa muy especialmente otorgar las facilidades necesarias para que las personas cumplan con su deber de buenos ciudadanos pagando sus obligaciones e incorporando tecnologías de última generación para el logro de este objetivo.
Hasta hace algunos años, el pago de impuestos era una tarea engorrosa, que implicaba retrasos en el cumplimiento o la contratación de profesionales especializados por parte de los contribuyentes para poder realizar estas obligaciones.
Hoy, el Servicio es reconocido a nivel mundial por su avanzada tecnología para fiscalizar y facilitar estas tareas.
Una prueba tangible de estos avances tecnológicos se da todos los meses mediante los servicios en línea para contribuyentes y en forma muy especial en abril de cada año, cuando un altísimo porcentaje de los ciudadanos de todo el país realiza su declaración anual de impuestos (“operación renta”) a través de Internet.
Asimismo, y para mantener fluidez en su comunicación con los habitantes de todo Chile, cuenta al menos con una oficina en cada región del país y cuatro en la Región Metropolitana.
El IVA
El Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) existe en casi todos los países del mundo y en Chile consiste en un recargo del 19% que se aplica sobre un bien o un servicio. Otras naciones lo aplican en porcentajes diferenciados, según se trate de productos de primera necesidad. Este impuesto actúa en cadena, trasladándose desde el vendedor al comprador, quien descuenta el impuesto pagado y acreditado en las facturas de sus compras (Crédito Fiscal) y agrega el impuesto recolectado en las ventas (Débito Fiscal). Expresado en términos simples, el IVA funciona en el comercio de la siguiente forma: Al momento de declarar y pagar el IVA, los comerciantes deben sumar el impuesto que cobraron por sus ventas y a ese valor, deben restar el IVA que ya pagaron por todas sus compras. El resultado de esa operación es el IVA que el comerciante debe pagar al fisco al final del mes contable. Cuando el consumidor final adquiere un producto determinado, debe recibir una boleta de compraventas como comprobante de esta transacción. En este documento se expresa el valor total a pagar, por lo que debe expresarse el precio final, incluido este impuesto del 19%. Es por esta razón que se afirma que el IVA es un impuesto en cadena, que pagan finalmente los consumidores.
El Impuesto al Valor Agregado recae sobre las ventas, y es igual para todos los consumidores que adquieren el mismo producto o servicio.
Boleta de compraventas
Es el comprobante tributario que acredita la venta de un producto o servicio a un consumidor final. Se trata de un documento de vital importancia y sobre el cual es necesario crear conciencia y educar ya que erróneamente se piensa que solo los adultos pagan impuestos. Cuando alguno de nuestros hijos o alumnos compra un paquete de galletas, un refresco o cualquier producto cuyo monto sea igual o superior a $180, ya está pagando impuestos. La norma establece que toda venta a partir de ese valor paga el 19% de IVA, por lo que un niño o niña está en el legítimo derecho a exigir que se le entregue la boleta. Los comerciantes inescrupulosos acostumbran a desentenderse de esta obligación muy especialmente cuando atienden a menores de edad, mientras que cuando pretenden hacerlo frente a personas adultas demoran la búsqueda del talonario a la espera de que el comprador decida retirarse del local sin exigirla. En otros casos de intento de evasión, el comerciante ofrece una pequeña rebaja al comprador, si éste acepta comprar un producto sin boleta, transformándolo en cómplice de esta irregularidad.
Es importante que todos - adultos, niños y jóvenes- sepan claramente que el comerciante tiene la obligación de emitir la boleta cada vez que realiza una venta y el comprador tiene el deber de exigirla ya que es el único medio contable que garantiza que el 19% del IVA del producto vendido, será efectivamente destinado a impuestos. La no emisión de la boleta implica que el vendedor se está apropiando indebidamente del porcentaje del dinero que pagó el consumidor por concepto de IVA, lo cual es un delito que repercute en el bien común porque disminuye la recaudación de fondos fiscales para obras que van en directo beneficio de toda la comunidad. Adicionalmente, la boleta constituye un documento que garantiza al comprador la devolución del bien adquirido en caso de presentar desperfecto.
Impuesto a la renta
Supongamos que Ud. va a una entrevista de trabajo y después de responder las interrogantes de su posible empleador, éste le pregunta: ¿Cuáles son sus aspiraciones de renta? Lo primero que se viene a la mente del postulante es “cuánto quiero ganar”, pensando en su presupuesto de gastos mensual. Pero si nos ponemos en el lugar del empleador al momento de hacer la pregunta, lo más probable es que esté pensando “cuánto me va a costar contratar a esta persona”. Se trata de una pregunta que tiene dos miradas que pueden ser muy diferentes, según el lado del escritorio en que un o u otro se encuentren ya que mientras el postulante piensa en el dinero que va a llegar a su bolsillo, el empleador está pensando en el monto que incluye el pago de las llamadas “leyes sociales” y el impuesto a la renta de su empleado. Expresado en forma simple, una cosa es hablar de la renta “bruta”, donde van incluidos los pagos previsionales, de salud y de impuesto a la renta y otra muy distinta es plantear la renta “líquida”, que es la que queda finalmente en el bolsillo del trabajador.
Si observamos las liquidaciones de sueldo, comprobaremos entonces que aparece claramente especificado los montos que van a pagos obligatorios de los trabajadores y el total líquido a pagar, que es en definitiva, lo que ingresa al bolsillo. Tomando en consideración lo anterior, definiremos "Renta” como el ingreso en dinero que percibe una persona por su trabajo o la utilidad o beneficio que rinde una actividad. Por ley, toda persona domiciliada o residente en Chile, pagará impuestos sobre sus rentas, correspondiendo el pago proporcional de sus ingresos.
Lo anterior implica, en términos simples, que aquellas personas o empresas que ganan más, pagan mayor cantidad de dinero que aquellas que tienen menores utilidades.
Concepto
El diccionario define “impuesto”, como el tributo que se exige en función de la capacidad económica de los obligados a su pago.
Todas las empresas y personas que trabajan tienen la obligación de aportar al Estado un porcentaje de sus ganancias para que se destine a mantener los gastos públicos.
Importancia de los impuestos
Desde el momento que nacemos, los seres humanos manifestamos necesidades. A través del llanto exigimos alimentación o abrigo, pero a medida que crecemos, esas necesidades se amplían a otras y por lo general son nuestros padres los encargados de financiar el costo de satisfacerlas.
Para ello, una familia requiere de un presupuesto que permita ordenar y distribuir los costos de alimentación, vestuario, vivienda, educación, transporte o servicios básicos de sus integrantes.
En este caso estamos hablando de necesidades individuales, que se financian con el dinero que obtenemos de nuestro trabajo.
Pero hay otras que son imposibles de satisfacer en forma individual, porque representan un alto costo.
¿Has pensado quién paga el retiro de la basura de tu barrio, el combustible del camión recolector o los sueldos de los operarios?
¿Llega a tu casa la cuenta del alumbrado público?
¿Quién paga la construcción de los hospitales o escuelas públicas?
¿Cómo lo hacen las Fuerzas Armadas para mantener aviones, tanques o submarinos?
Todas estas interrogantes están referidas a necesidades colectivas o públicas.
Para financiar esos gastos públicos, es necesario constituir un fondo común que financian todas las empresas y las personas que tienen un trabajo, pagando al Estado un porcentaje de sus utilidades.
A ese pago obligatorio, llamaremos impuestos y es el que permite construir escuelas y hospitales, pavimentar calles, mantener los gastos de carabineros o Fuerzas Armadas, iluminar las calles o construir plazas y parques, entre muchas otras necesidades.
Antecedentes generales
Los impuestos tienen larga historia. En la época precolombina los grupos indígenas que predominaban sobre otros, les exigían un “Tributo”.
En una segunda etapa, durante la Colonia, la sociedad americana estaba obligada a pagar tributos al Rey de España. A este impuesto se le conocía como el “Quinto Real” y ascendía al 25% de la producción de metales preciosos.
Tras la independencia de Chile aparece el “Estanco”. Consistía en que el Estado republicano se atribuía para sí la facultad de vender determinado tipo de producto, como por ejemplo, el tabaco. A partir del siglo XIX, el Estado comienza a licitar los estancos a particulares. Ello implicaba que quien se adjudicara la concesión del producto, debía pagar al Estado una renta por la producción.
Los impuestos, bajo el concepto que los conocemos en la actualidad, aparecen en Chile a inicios del siglo XX con el impuesto sobre los alcoholes. Posteriormente, en 1924 comienza a aplicarse el impuesto por los ingresos (impuesto a la renta) y más tarde el Impuesto al Valor Agregado, IVA.
Comprendida la importancia que para el Estado tiene la recaudación de impuestos, resulta conveniente profundizar sobre el rol social que ellos tienen.
El pago de los tributos no resulta agradable, pero en la medida que se logra comprender la relevancia que tienen y los beneficios que reportan a toda la comunidad, es posible asumir esta obligación como un asunto de responsabilidad social.
El alumbrado público, el retiro de basuras, la concurrencia de carabineros para resguardar el orden público o la atención de salud, por citar ejemplos simples, constituyen pruebas tangibles del destino y utilidad que reporta el cumplimiento de esta obligación.
Los niños y niñas tienden a pensar que estos bienes y servicios son gratis, por lo que resulta indispensable educar sobre la base de dos ejes.
El primero de ellos orientado a que se comprenda que tienen un costo que se financia gracias al aporte de todos. Cuando vamos a una plaza y podemos disfrutar de la sombra de un árbol o comprobamos que hay espacios abiertos y limpios para la recreación o el deporte, es conveniente reforzar la idea que estos beneficios son posibles porque todos hemos contribuido con nuestros impuestos a su existencia.
Otra idea fundamental apunta a crear conciencia que por tratarse de bienes y servicios públicos, nos pertenecen a todos, de modo que el respeto y cuidado de ellos es también una tarea comunitaria. Aquellas comunidades que tienen “cultura tributaria”, por lo general cuentan con bienes y servicios mejor preservados que aquellas que carecen de este valor social.
La evasión tributaria constituye un delito penado por la ley. Quienes no cumplen con esta obligación no solo están obteniendo maliciosamente un beneficio particular, sino que además están perjudicando a la sociedad en su conjunto y muy especialmente a quienes efectivamente tienen entre sus normas de conducta el pago de sus tributos.
Crear conciencia sobre el efecto que tienen las responsabilidades individuales para el logro de beneficios comunes, constituye una obligación educativa cuyos resultados necesariamente serán la formación de buenos ciudadanos que tienen entre sus valores el pago de impuestos y el respeto y cuidado por los bienes y servicios públicos.