REAVALÚO BIENES RAÍCES AGRÍCOLAS 2009


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Declaración de Predios Agrícola y de
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El Reavalúo Agrícola 2009 es el proceso mediante el cual el Servicio de Impuestos Internos determinó los nuevos avalúos de todos los bienes raíces agrícolas del país, que se encuentran vigentes a contar del 01 de julio de 2009, en conformidad a las disposiciones de la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial; avalúos que son la base sobre la cual se cobra el impuesto territorial o contribuciones a los bienes raíces, cuya recaudación es de beneficio municipal.

Los bienes raíces agrícolas incluidos en este proceso de reavalúo son 752.124, de los cuales 578.460 resultan exentos de contribuciones y 173.664 afectos a su pago.

Para la determinación del impuesto que corresponde cobrar, la tasa del impuesto territorial se mantiene en un 1,0% y el monto exento del impuesto aumenta de $ 6.289.647 a $ 7.172.827, en moneda al 1° de enero de 2009.

La Ley de Impuesto Territorial establece que los nuevos avalúos se dan a conocer mediante la exhibición de los roles de avalúos comunales en las respectivas municipalidades durante un período de 30 días, exhibición que se iniciará en el transcurso de la segunda quincena de julio. Adicionalmente, el SII remitirá cartas informativas y personalizadas a los propietarios de predios afectos a contribuciones, así como también se enviarán cartas a los propietarios de bienes raíces agrícolas que pasan de afectos a exentos del impuesto territorial.

Por otra parte, en nuestro sitio en Internet (www.sii.cl), Menú Bienes Raíces, opción "Consultar Antecedentes de un Bien Raíz", es posible consultar los nuevos avalúos y el detalle de la tasación, así como también en la opción "Carta de Reavalúo (Informe)", como una vía de consulta para los propietarios de todos los bienes raíces agrícolas del país.

Reconsideración Administrativa y/o Reclamos de Avalúos

Si al revisar el detalle del avalúo de un bien raíz, se detecta que existen errores en su determinación como, por ejemplo, diferencias de superficies de terreno o clasificación de los suelos errónea, podrá solicitar su reconsideración administrativa en las Oficinas de Avaluaciones del Servicio, o bien reclamar en contra del nuevo avalúo conforme al procedimiento y causales del artículo 149 del Código Tributario durante el mes siguiente de concluida la exhibición de los nuevos roles en las respectivas municipalidades.

Declaración de Mejoras de Propiedades Agrícolas

La Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, establece en su artículo 1° que el nuevo avalúo no incluirá el mayor valor adquirido por el predio como consecuencia de algunas mejoras costeadas por los particulares, situación que debe ser declarada durante el período junio a septiembre de 2009, a través de Internet o mediante el formulario N° 2826 "Declaración de predios Agrícolas y de Mejoras Costeadas por Particulares" en las Oficinas del SII.

Con el objeto de facilitar este trámite a los contribuyentes que hayan efectuado mejoras en sus predios y no alcanzaron a declararlas, se ha renovado el período de declaración hasta el 2° de noviembre de 2009, mediante Resolución Exenta SII N°152 del 07 de Octubre del 2009.

Asistencia en el proceso de reavalúo

Si necesita mayor información sobre este proceso, revise los antecedentes que se encuentran disponibles en este Portal, o bien comuníquese con nuestra Mesa de Ayuda Telefónica al 02-23951115, o diríjase a cualquiera de nuestras oficinas ubicadas a lo largo del país.