PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Gastos tributarios | Gastos aceptados

 Pregunta   ID:   001.002.1317.011  Fecha de Creación:   16/04/2004

¿Es aceptado un comprobante de pago como un respaldo de gasto en la empresa?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   28/07/2023

Según lo dispuesto en el Artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, uno de los requisitos para deducir gastos necesarios para producir la renta es su acreditación con la correspondiente documentación legal. Debe considerarse, además, que el Servicio no podrá prescindir de las declaraciones y antecedentes presentados o producidos por el contribuyente, a menos que esas declaraciones, documentos, libros o antecedentes no sean fidedignos, con lo cual se podría rechazar determinado gasto.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, Resoluciones, opción Resolución Exenta N° 551, de 1975, que instruye sobre la emisión de facturas de compra y boletas de servicios ocasionales a particulares; Resolución Exenta N° 6080, de 1999, sobre emisión de documentos exentos y no gravados; Resolución Exenta N° 20, de 2002, sobre acreditación de gastos de alojamiento, alimentación y traslado.

Adicionalmente puede consultar esta materia en el Código Tributario, donde encontrará el Artículo 21 que señala que el SII no podrá prescindir de las declaraciones y antecedentes presentados o producidos por el contribuyente, a menos que éstos no sean fidedignos.