La Dirección de Grandes Contribuyentes está compuesta por cuatro departamentos y tres oficinas que se detallan:
A. Departamento de Fiscalización Grandes Empresas Nacionales.
Oficina de Regímenes Especiales.
B. Departamento de Fiscalización Grandes Empresas Internacionales.
C. Departamento de Apoyo a la Fiscalización y Comercio Exterior.
Oficina de Atención y Asistencia a los Grandes Contribuyentes.
D. Departamento Jurídico.
E. Departamento de Administración.
F. Departamento de Procedimientos Administrativos Tributarios
Sus funciones son las siguientes:
A. Departamento de Fiscalización Grandes Empresas Nacionales:
1. Ejecutar las acciones de fiscalización de los casos que le asigne el Director de Grandes Contribuyentes.
2. Otras actividades que le asigne el Director o el Director de Grandes Contribuyentes.
Depende funcionalmente de este Departamento la Oficina de Regímenes Especiales, a la que corresponden las siguientes funciones:
1. Ejecutar las acciones de fiscalización de organizaciones sin fines de lucro, de entidades fiscales, casinos de juego y otras que por su régimen jurídico especial les sean asignadas por el Director de Grandes Contribuyentes.
2. Otras actividades que le asigne el Director o el Director de Grandes Contribuyentes.
B. Departamento de Fiscalización Grandes Empresas Internacionales:
1. Ejecutar las acciones de fiscalización de los casos que le asigne el Director de Grandes Contribuyentes.
2. Otras actividades que le asigne el Director o el Director de Grandes Contribuyentes.
C. Departamento de Apoyo a la Fiscalización y Comercio Exterior:
1. Funciones de Apoyo a la Fiscalización:
a) Diseño, elaboración y aplicación de pruebas de auditorías asistidas computacionalmente para el apoyo de los procesos de fiscalización llevados a cabo por los departamentos y oficinas de la Dirección de Grandes Contribuyentes.
b) Otras actividades que le asigne el Director o el Director de Grandes Contribuyentes.
2. Funciones de Comercio Exterior:
a) Recibir y procesar las solicitudes de exportadores registrando en los sistemas informáticos de soporte, el ingreso y seguimiento de dichas peticiones.
b) Fiscalizar las solicitudes de devolución de Impuesto a las Ventas y Servicios o de otros impuestos que presenten los exportadores, ya sea bajo el régimen de los artículos 1 ó 6 del Decreto Supremo N° 348, de 1975, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
c) Fiscalizar el debido cumplimiento de las resoluciones del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción para los contribuyentes acogidos al artículo 6 del Decreto Supremo N° 348, de 1975, de este mismo Ministerio.
d) Fiscalizar las solicitudes de devolución de Impuesto a las Ventas y Servicios o de otros impuestos que presenten los exportadores acogidos a las normas del N° 3, inciso 1° del artículo 126 del Código Tributario.
e) Otras actividades que le asigne el Director o el Director de Grandes Contribuyentes.
Depende funcionalmente de este Departamento la Oficina de Atención y Asistencia a los Grandes Contribuyentes, a la que corresponden las siguientes funciones:
1. Recibir y procesar las peticiones relativas al ciclo de vida del contribuyente.
2. Recibir declaraciones juradas e informes mensuales exigidos por el Servicio de Impuestos Internos que no sean presentadas a través de Internet.
3. Otras presentaciones dirigidas al Director de Grandes Contribuyentes.
4. La asistencia y revisión de los contribuyentes que resulten observados en los procesos masivos de fiscalización, como operación renta y operación IVA.
5. Emisión de certificados tributarios.
6. Otras actividades que le asigne el Director de Grandes Contribuyentes.
D. Departamento Jurídico:
1. Asesorar al Director de Grandes Contribuyentes en materias jurídicas.
2. Prestar apoyo jurídico integral a todos los estamentos y unidades de la Dirección de Grandes Contribuyentes.
3. Informar sobre materias de naturaleza jurídica.
4. Supervisar la correcta aplicación de las normas jurídicas y administrativas.
5. Prestar apoyo jurídico con miras a perfeccionar los fundamentos legales de las actuaciones de fiscalización. Llevar a cabo los procedimientos de revisión administrativa de las actuaciones antes mencionadas, como asimismo, el procedimiento establecido en el artículo 123 bis del Código Tributario, e intervenir en los procesos de resolución de controversias de relevancia jurídica que se ventilen en sede administrativa.
6. Patrocinar y representar al Servicio, en los procesos de reclamaciones que se tramiten ante los tribunales, en procesos de resolución de controversias de relevancia jurídica, de acuerdo a las instrucciones impartidas por el Director.
7. Coordinar y supervisar la gestión funcional de los abogados que cumplen labores operativas asignados a la Dirección de Grandes Contribuyentes, cualquiera que fuere la ubicación o destinación del profesional dentro de la Dirección de Grandes Contribuyentes.
8. Le corresponderán, además, todas las funciones jurídicas que esta Dirección o el Director de Grandes Contribuyentes le encomienden.
E. Departamento de Administración:
1.- Supervisar y coordinar el cumplimiento de los hitos del proceso de evaluación de desempeño; coordinar la inducción de nuevos funcionarios, y mantener actualizada la dotación de personal. Apoyar a los Departamentos, Unidades u
Oficinas, en materias relacionadas con la gestión de personas. Asumir la recepción de licencias médicas y gestionar el cobro de las mismas ante la institución de salud correspondiente.
2.- Administrar los bienes y recursos asignados a esas dependencias y confeccionar y mantener actualizado el inventario de los mismos.
3.- Gestionar y administrar las cuentas corrientes, para lo cual deberá firmar - junto al Director Regional- los cheques y materializar transferencias electrónicas cuando corresponda.
4.- Supervisar los registros y la contabilidad gubernamental de los recursos correspondientes a los Subtítulos 21 y 22, proveyendo a su jefatura y a las Subdirecciones de Administración y de Desarrollo de Personas, de información
relevante en materias de personal, presupuestaria y contable, según corresponda.
5.- Apoyar las acciones de capacitación definidas a nivel nacional, así como divulgar e informar a los funcionarios los programas y acciones de formación; elaborar registros estadísticos sobre las acciones de capacitación, colaborar con el
Departamento de Formación en la detección de necesidades y procesos de postulación y selección.
6.- Facilitar, apoyar y promover el desarrollo de las acciones que forman parte de la política institucional sobre clima laboral. Mantener información permanente que permita diagnosticar el clima laboral, coordinar y apoyar la ejecución de los programas para su mejoramiento y desarrollar acciones concretas en este ámbito.
7.- Integrar, en calidad de representante del Servicio, el Comité Paritario de Higiene y Seguridad, monitorear y adoptar las medidas de prevención de riesgos que permitan mejorar las condiciones de higiene y seguridad en los puestos y lugares de trabajo.
8.- Apoyar las acciones de la Oficina de Bienestar y Calidad de Vida a nivel regional, asistir al personal en materias previsionales, de salud y beneficios en general. Administrar y supervisar proyectos e iniciativas orientadas al bienestar de
los funcionarios, así como controlar y velar por la gestión contable y presupuestaria de los fondos asignados para dichas acciones.
9.- Administrar los recursos asignados para el pago de horas extraordinarias y viáticos.
10.- Administrar los recursos asignados para la mantención y reparación de los bienes del Servicio y para la compra de materiales e insumos de oficina.
11.- Le corresponderán, además, todas las funciones que el Director Regional le encomiende.
F. Departamento de Procedimientos Administrativos Tributarios de la Dirección de Grandes Contribuyentes:
1.- Conocer y resolver las denuncias no reclamadas, por infracciones tributarias previstas y tipificadas en el artículo 97 N° s 3, 6, 7, 10, 15, 16, 17, 19, 20 y 21 y en el artículo 109, ambos del Código Tributario, y además, conceder las condonaciones que se soliciten respecto de las sanciones que les corresponda aplicar, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en las resoluciones dictadas al efecto;
2.- Resolver administrativamente, de conformidad con lo dispuesto en el N° 5 de la letra B) del artículo 6° del Código Tributario, las peticiones de revisión fundadas en vicios o errores manifiestos que se deduzcan en cualquier tiempo, respecto de liquidaciones, giros o resoluciones que incidan en el pago de un impuesto o en los elementos que sirvan de base para determinarlo o que denieguen cualquiera de las peticiones a que se refiere el artículo 126 del citado cuerpo legal;
3.- Resolver los recursos de reposición administrativa interpuestos por los contribuyentes conforme al artículo 123 bis del Código Tributario.
4.- Recopilar y mantener la información necesaria para conocer, en todo momento, el estado de los casos sometidos a las facultades de revisión de las actuaciones de fiscalización, por parte de las autoridades delegatarias de las mismas;
5.- Retroalimentar a las áreas de fiscalización respecto de las actuaciones emanadas de esas áreas que le corresponda conocer;
6.- Ejecutar, además, todas las funciones de carácter legal que esta Dirección, el Subdirector Jurídico o el Director de Grandes Contribuyentes le encomienden. |
Resolución Exenta SII N° 108 del 25 de Noviembre del 2016.
Resolución Exenta SII N° 62 del 30 de Junio del 2016.
Resolución SII N°161 del 25 de octubre de 2010.
Resolución Exenta SII N° 95 del 08 de Junio del 2010.
Resolución Exenta SII N° 65 del 08 de Mayo del 2009.
Resolución Exenta SII N° 13 del 25 de Enero del 2008.
Resolución SII N° 1039 del 30 de Septiembre del 2004.
Resolución Exenta SII N° 44 del 31 de Marzo del 2004.
Resolución Exenta SII N° 34 del 24 de Agosto del 2001.
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25-11-2016 |