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2. ¿A qué se refiere este
trámite?
Se refiere a la solicitud que realiza un
fabricante, proveedor o importador, para autorizar algún modelo de
máquina registradora, terminal de punto de venta (POS) o impresora
fiscal, para la emisión de vales que reemplacen a las boletas
de ventas y servicios.
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3. ¿Quiénes deben realizar este
trámite?
Este trámite lo puede realizar cualquier
fabricante, proveedor o importador autorizado para comercializar estos
dispositivos, su representante legal o alguna persona debidamente
autorizada mediante poder notarial, que desee autorizar algún modelo
de máquina registradora, terminal de punto de venta (POS) o impresora
fiscal para emitir vales en reemplazo de las boletas de ventas y
servicios.
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4. ¿Cuándo se hace este trámite?
Puede realizarse en cualquier momento del año.
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5. ¿Dónde se hace este trámite?
Este trámite debe ser realizado en la Dirección
Nacional del Servicio de Impuestos Internos, mediante una Carta
dirigida al Subdirector de Fiscalización, la cual debe ser presentada
en la Oficina de Partes; donde se deben aportar los antecedentes
solicitados en la sección respectiva.
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6. Requisitos para efectuar el
trámite
- Solicitud firmada por el
representante legal, acompañada de documento que acredite su
calidad de tal.
- Que el referido dispositivo, ya sea máquina registradora,
terminal de punto de venta (POS) o impresora fiscal, se encuentre
en condiciones físicas que garanticen un buen funcionamiento, de
modo que resguarde debidamente el interés fiscal.
- Que el vale emitido por la máquina registradora, terminal de
punto de venta (POS) o impresora fiscal, se ajuste a las
disposiciones legales vigentes, estipuladas en la Res.
Ex. N° 53 del 2004.
- Adjuntar manuales técnicos
completos en español.
- Adjuntar
fotografías o imágenes descriptivas de las máquinas en
cuestión.
- Adjuntar un ejemplar o muestra de vale a emitir, el que
consignará los antecedentes legales y reglamentarios vigentes y
un trozo del rollo de control o duplicado de los vales.
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7. Normativa relacionada
al trámite
- Decreto
ley Nº 825, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
- Resolución
Exenta N° 4947 de 1998, Sustituye Timbraje de Rollos.
- Circular
N° 50 del 1998, Elimina Timbraje de Rollos.
- Circular
N° 73 de 1998, Procedimiento utilización maquinas
registradoras.
- Resolución
Exenta N° 24 de 2002, Establece normas a las empresas que
decidan comercializar y a los contribuyentes usuarios de
impresoras fiscales.
- Resolución
Exenta SII N°53 de 2004,
Actualiza Requisitos que Deben Cumplir los Vales Emitidos por
Máquinas Registradoras, Terminales de Punto de Venta e Impresoras
Fiscales Autorizadas por el Servicio de Impuestos Internos Para
Reemplazar A Las Boletas. Deroga Res. Ex. N° 21 Del 01 De Junio
Del 2001.
- Resolución
N°111 de 2004 ,
establece Normas para Emisión de Certificados Técnicos de
Mantención para Terminales de Punto de Venta y Máquinas
Registradoras.
- Resolución
N°62 de 2006 , modifica
Res. N° 111, de 22.12.2004.
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8. Observaciones
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En cuanto a las Impresoras Fiscales se debe
respetar claramente la normativa señalada en Resolución
Exenta N° 24 de 2002, la cual establece normas a las empresas
que decidan comercializar y a los contribuyentes usuarios de
impresoras fiscales.
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En caso de las Impresoras Fiscales y los
Terminales de Punto de Venta, se deben realizar certificaciones,
para tal efecto se debe presentar una terna, la cual se debe
confeccionar con las empresas autorizadas, que son las siguientes:
- CENET, Centro Nacional de Electrónica y Telecomunicaciones.
- DICTUC, Departamento de Investigaciones Tecnológicas de la
Universidad Católica.
- IDIEM, Instituto de Investigaciones y Ensayos de Materiales.
- CESMEC, Centro de Estudios de Medición de la Calidad.
- ANDES ELECTRÓNICA, Enrique Morchio y Compañía Ltda.
- D.T.S., Desarrollo de Tecnologías y Sistemas
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9. Preguntas frecuentes del trámite
Si desea mayor información, seleccione las preguntas
frecuentes del trámite
Importante: para visualizar este informativo requiere la
instalación previa en su PC del programa Acrobat
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MÁQUINA
REGISTRADORA, TERMINAL DE PUNTO DE VENTA (POS)
O
IMPRESORA FISCAL
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Realice la solicitud de
autorización, mediante una carta dirigida al
Subdirector de Fiscalización adjuntando todos los
antecedentes que se solicitan, la cual debe ser
entregada en la Oficina de Partes de la Dirección
Nacional del SII, Teatinos 120. |
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Importante
que al momento de la presentación adjunte todos los
antecedentes que se solicitan, ya que en caso
contrario los antecedentes serán archivados. |
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Esperar
respuesta formal del SII para ver los siguientes
pasos a seguir.
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Para
mayor información utilice el Buscador
del SII
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