CODIGO TRIBUTARIO
En esta página encontrará diversos fallos dictados por la Corte Suprema de Justicia y
Cortes de Apelaciones a lo largo del país, relacionados con la normativa vigente en
materia tributaria reglamentada en el Código Tributario. Del análisis de estas
sentencias, se puede colegir la interpretación y alcance que los Ministros de los
Tribunales Superiores de Justicia le han dado a los diferentes preceptos legales
contenidos en este cuerpo normativo.
Código Tributario – Actual texto – Artículo 97 N°16
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Recae sobre el contribuyente la carga de probar, a través de los medios que le otorga la ley, que la pérdida de documentación tributaria se produjo debido a caso fortuito o fuerza mayor.
CORTE DE APELACIONES DE IQUIQUE – 10/11/94 – ROL N° 33.891- RECURSO DE APELACION - RECLAMO DE DENUNCIA – SOCIEDAD COMERCIAL KINGSWAY LTDA. C/S.I.I.
Código Tributario - Actual texto - Artículo 165 N° 3
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No procede la declaración de nulidad de la notificación de un denuncio por haberse omitido el nombre del representante legal o por existir error en cuanto a su rut, si la parte notificada, a pesar de ello, hizo valer sus derechos dentro del término legal.
CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO – 16/11/94 - RECLAMO DE DENUNCIO - SOCIEDAD COMERCIAL MIC LTDA. c/S.I.I.
Código Tributario - Actual texto – Artículos 88 inciso 3° y 97 N° 10
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La Dirección del Servicio de Impuestos Internos podrá exigir el otorgamiento de facturas o boletas en relación a cualquier ingreso, operación o transferencia que directa o indirectamente sirva de base para el cálculo de un impuesto y que aquella determine a su juicio exclusivo, estableciendo los requisitos que estos documentos deban reunir.
CORTE SUPREMA – 11/08/94 - RECURSO DE QUEJA N° 4.177 - RECLAMO DE DENUNCIA - JOAQUIN NASH TORRES c/CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO
Código Tributario - Actual texto - Artículo 97 N° 10
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El otorgamiento de una guía de despacho sin indicar la sucursal de origen de la carga y emitida con fecha extemporánea, constituye una vulneración a la obligación establecida en los artículos 52 a 55 de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios y sancionada por el N° 10 del artículo 97 del Código Tributario.
CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO – 27/10/94 - RECLAMO DE DENUNCIA -COMERCIAL LAS NIEVES LIMITADA" c/S.I.I.
Código Tributario - Actual texto - Artículo 12
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No es suficiente para declarar la nulidad de una notificación de liquidaciones de impuestos el sostener, por parte del contribuyente, que no cumple con los requisitos señalados en el artículo 12 del Código Tributario, si no lo demuestra suficientemente a través de probanzas que acrediten sus argumentos.
CORTE DE APELACIONES DE ARICA - 15/9/94 - RECURSO DE APELACIÓN - RECLAMO DE LIQUIDACIONES - LUIS ORELLANA FLORES c/S.I.I.
Código Tributario - Actual Texto – Arts.6° Letra B N°7; 116° Y 161°. DFL.7, de Hacienda, de 1980- Ley orgánica SII - Actual Texto - Art.20 Constitución Política de la República - Actual Texto - Art. 19° N° 3, Inciso Cuarto. Octubre 1999
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Son legal y constitucionalmente válidas las actuaciones realizadas por los Jueces Tributarios, por cuanto la delegación de facultades jurisdiccionales que, en su oportunidad, les hiciera el Director Regional de la jurisdicción, se ajusta a lo dispuesto en diversas disposiciones del Código Tributario y de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos.
CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO - 24/05/94 - ROL N° 1.174-94 - RECURSO DE PROTECCION - JAVIER ECHEVERRIA ALESSANDRI EN CONTRA DE JEFE DEPARTAMENTO JURIDICO XIII DIRECCION REGIONAL S.I.I.
Código Tributario - Actual Texto - Art. 132 y 140. Diciembre 1998
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El Juez Tributario que no recibe la causa a prueba existiendo en el proceso hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, vulnera las garantías del "debido proceso" y justifica la invalidación de oficio de lo obrado en la causa
CORTE SUPREMA - 04/01/94 – ROL N° 17.160 - RECURSO DE CASACION EN LA FORMA Y EN EL FONDO - RECLAMO DE LIQUIDACIONES - MARIA HERNANDEZ MUNIZAGA c/S.I.I. .
Código Tributario - Contenido en el Art. 1 del Decreto Ley No. 830, Publicado en el Diario Oficial de 31 de Diciembre de 1974. Código Tributario, arts. 6, Letra B), No. 7; 97, No. 10; 116 y 165.- SII, Ley Orgánica, Art. 20. Diciembre de 1994
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Los Directores Regionales del Servicio de Impuestos Internos están facultados para delegar en funcionarios de su dependencia, el conocimiento y fallo de reclamaciones tributarias.
CORTE SUPREMA – 01/06/94 - RECURSO DE QUEJA - RECLAMO DE DENUNCIA - EUGENIA ADRIANA ZAMORANO SOTO c/S.I.I.
Código Tributario-Contenido en el Art. 1 del Decreto Ley No. 830, Publicado en el Diario Oficial de 31 De Diciembre de 1974. Código Tributario, Arts. 6,Letra A), No. 1; e Inciso Final.- 51 y 126.- DL. No. 910 (Do 01.03.75), Art. 21.- Ley No. 18.630 (Do de 23.07.87), Art. 5. Diciembre de 1994.
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La solicitud de imputación del crédito especial para empresas constructoras, establecido en el artículo 21 del DL N° 910, debe presentarse dentro del plazo de un año contado desde el acto o hecho que le sirva de fundamento.
CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO – 22/06/94 - RECURSO DE PROTECCION – ROL N° 1331-94 - RECLAMO DE LIQUIDACIONES PATRICIO ACUÑA LUCI c/DIRECTOR REGIONAL S.I.I.
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