PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Guía de Despacho | Emisión y corrección

 Pregunta   ID:   001.012.3337.004  Fecha de Creación:   12/08/2005

¿Para trasladar caballos corraleros, con fines deportivos, basta con la Guía de Libre Tránsito y una copia de la inscripción del animal?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   14/12/2022

No, tratándose de caballos que pertenezcan a un vendedor o prestador de servicios, siempre deberá utilizarse una guía de despacho, y sólo en el caso de que se trate de una persona que no es vendedor, importador o prestador de servicio para los fines del IVA, será suficiente la Guía de Libre Tránsito y una copia de la inscripción del animal, según lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, Circulares, opción Circular N° 103, de 1979.

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