PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración de IVA | Antecedentes para confeccionar la declaración | Anticipos y retenciones por cambio de sujeto de IVA

 Pregunta   ID:   001.030.1218.006  Fecha de Creación:   18/03/2004

¿Cómo se cumple con la declaración y pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las ventas de tarjetas celulares por los contribuyentes suplementeros?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   23/06/2022

El IVA en las ventas de tarjetas celulares que hacen los suplementeros es recargado, retenido, declarado y pagado por la compañía importadora y distribuidora, la cual debe hacerlo según lo dispuesto en la Resolución Exenta N°110, de 2005.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, contenido Cambios de Sujeto del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

 Preguntas Relacionadas
  • ¿Los suplementeros deben emitir boletas afectas con Impuesto al Valor Agregado (IVA) por las ventas de tarjetas telefónicas, video cassettes y otros productos similares o análogos?.
  • ¿Cómo debe operarse en la venta de servicios de telefonía e Internet, efectuada con tarjetas o recargas electrónicas prepagadas?
  • ¿Deben afectarse con Impuesto al Valor Agregado (IVA) las ventas de medios de prepago de telefonía e Internet, y emitirse boletas por esas ventas?