PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración de IVA | Antecedentes para confeccionar la declaración | Impuesto al Valor Agregado | Crédito fiscal

 Pregunta   ID:   001.030.1430.007  Fecha de Creación:   25/05/2004

¿Una obra de alcantarillado, realizada para el Serviu por una empresa de la construcción, tiene algún tipo de beneficio tributario en relación al Impuesto al Valor Agregado (IVA)?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   28/06/2022

No, una obra de alcantarillado realizada por una empresa constructora para el Serviu no tiene ningún beneficio tributario, salvo que se trate de contratos que recaigan exclusivamente en las viviendas a que se refiere el artículo 3° del decreto ley N° 2.552, de 1979, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, caso en el cual tendrán derecho al crédito especial del 65%, establecido en el artículo 21° del D.L. N° 910, de 1975, y sus modificaciones.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Normativa y Legislación, opción Circulares, Circular N°26 de 1987, Circular N° 52 del 2008, Circular N° 39 del 2009 y Circular 65 de 2014.

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