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(h)
Cuando los contribuyentes del artículo 42 N° 2 de la LIR además de las rentas clasificadas en
dicho número perciban también rentas del artículo 42 N° 1 de la Ley precitada (Sueldos), la
presunción de asignación de zona comprenderá ambos tipos de rentas, con la limitación de que
su monto no podrá ser superior a la cantidad que por el mismo concepto corresponda al Sueldo
Grado 1-A de la E.U.S. establecido en el D.L. N° 249, de 1975.
Lo anteriormente expuesto se puede graficar a través del siguiente ejemplo:
EJEMPLO N°2
A.- Antecedentes
Ø
Sueldos, deducidas las imposiciones previsionales del mes.................
$ 400.000
Ø
Honorarios, deducidos los
gastos efectivos o presuntos
....................
$ 200.000
Ø
Total rentas percibidas..........................................................................
$ 600.000
Ø
Porcentaje de Asignación de Zona
(supuesto)
....................................
60%
Ø
Sueldo Grado 1-A E.U.S.......................................................................
$ 639.197
B.- Desarrollo
(1) Aplicación de la fórmula
$ 600.000 x 60
60+100
$ 600.000 x 60
160
=
$ 225.000
(2)
Monto a deducir
Ø
Monto asignación de zona determinado.......................
$ 225.000
Ø
Tope: Porcentaje de asignación de zona aplicado sobre
sueldo grado 1-A EUS $
639.197
x 60%.....................
$ 383.518
Ø
Se rebaja monto menor.................................................
$ 225.000
(3)
Distribución de la asignación de zona entre ambas rentas
Ø
Sueldos líquidos. ................................................
$ 400.000 67%
Ø
Honorarios líquidos...........................................
$ 200.000
33%
Ø
Total rentas.........................................................
$ 600.000
100%
(4) Distribución de la asignación de zona que corresponde a cada renta
Ø
Asignación de Zona Sueldo: 67% s/$ 225.000............. .…….
$ 150.750
Ø
Asignación de Zona Honorarios: 33% s/$ 225.000................
$ 74.250
Ø
Total Asignación de Zona determinada............................
$ 225.000