PREGUNTAS FRECUENTES DE IMPUESTO DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS


En esta página encontrará información relativa a los Impuestos de Timbres y Estampillas.
Impuesto de Timbres y Estampillas | Auxiliar de registro de Impuesto de Timbres y Estampillas | Características generales

  • ¿Las letras de cambio y los pagarés deben ser timbrados en el SII y llevarse algún registro de estos documentos?
  • ¿Los liquidadores de seguros, que son personas naturales, deben llevar el Libro Auxiliar de Registro de Impuesto de Timbres y Estampillas?
  • ¿Me corresponde declarar el Auxiliar de Registro de Impuesto de Timbres y Estampillas que crea la Resolución Exenta N° 2, de 2005, complementada por las Resoluciones Exenta N° 140, de 2006, N° 87, de 2007 y N° 43, de 2008, si estoy siendo supervisado por
  • ¿Al estar obligado a enviar el Auxiliar de Registro de Impuesto de Timbres y Estampillas, de la Resolución Exenta N° 2, de 2005, me eximo de la obligación de llevar registro timbrado e imprimir el Libro Especial de Control de Letras de Cambio y demás docu
  • ¿Existen otros contribuyentes obligados a remitir el Auxiliar de Registro de Impuesto de Timbres y Estampillas, además de los señalados en las Resoluciones Exenta N° 2, de 2005 y Resolución Exenta N° 140, de 2007?
  • ¿A partir de que fecha, los Notarios y Oficiales del Registro Civil están obligados a remitir el Auxiliar de Registro de Impuestos de Timbres y Estampillas?