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Este medio de pago sirve para pagar las:

- Declaraciones de Renta (dentro o fuera de plazo).

- Rectificatorias de Renta (Giros asociados).

(b) Pago al vencimiento con mandato al banco (hasta el 25 de abril):

Aquellos

contribuyentes que cuentan con el mandato activo, mencionado en el medio de pago anterior,

podrán efectuar la Declaración de Renta y seleccionar una fecha posterior para que se efectúe el

cargo en el banco, a través de este mandato. El SII considerará recibida la información sólo

cuando dicho cargo se haga efectivo en el banco.

(H) Comprobante de la Declaración

Una vez que el contribuyente envió su declaración a través de Internet, debe esperar la respuesta

que se entregará a través del sitio web del Servicio de Impuestos Internos.

Mediante la opción

“Consultar Estado de Declaración de Renta”,

del submenú “Consulta y

Seguimiento de Renta”, el contribuyente podrá obtener en cualquier momento el

Certificado

Solemne

. Deberá guardar el número de folio, ya que

constituye el único comprobante de la

Declaración presentada vía Internet

.

(I) Consulta de la Situación de la Declaración de Renta

Independiente de la alternativa utilizada para presentar la declaración, el contribuyente podrá

consultar el estado de ésta a través de la opción

"Consultar Estado de Declaración de Renta"

en el sitio web del SII. Al seleccionar esta opción, se solicitará el número de Cédula de Identidad

o de RUT y clave. Esta opción permite conocer la situación en la que se encuentra la declaración

del contribuyente. Desde un primer momento podrá saber si fue recibida por el SII, obtener el

Certificado Solemne y, durante el mes de mayo del año 2016, saber si le corresponde

devolución, si la declaración ha sido observada, cuáles son esas observaciones, conocer la

conclusión producto de éstas y ver la carta de notificación, si corresponde.

Si el Representante Electrónico ha realizado la Declaración de Renta del contribuyente que le

otorgó la autorización respectiva, este último podrá ingresar al sitio web del Servicio con su

correspondiente RUT y Clave Secreta, y consultar el estado de su declaración.

Para evitar problemas en la Operación Renta consulte previamente su Situación Tributaria

utilizando INTERNET. Para ello, ingrese al menú

https://www.sii.cl/ccp/index.html

(J) ¿Qué pasa si se equivocó en la Declaración?

Si detecta un error en la declaración sin pago enviada a través de INTERNET, podrá reemplazar

la declaración enviada, acción que podrá efectuar hasta el día

26 de abril del año 2016

. Con

posterioridad a dicha fecha, para efectuar modificaciones deberá esperar el inicio del proceso de

Declaraciones Rectificatorias.

En ningún caso debe entregar dos o más declaraciones, ya que esto será motivo de demoras

innecesarias en la regularización de su situación tributaria. Es decir, no debe entregar más de una

declaración, independientemente del medio de presentación.