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Este medio de pago sirve para pagar las:
- Declaraciones de Renta (dentro o fuera de plazo).
- Rectificatorias de Renta (Giros asociados).
(b) Pago al vencimiento con mandato al banco (hasta el 25 de abril):
Aquellos
contribuyentes que cuentan con el mandato activo, mencionado en el medio de pago anterior,
podrán efectuar la Declaración de Renta y seleccionar una fecha posterior para que se efectúe el
cargo en el banco, a través de este mandato. El SII considerará recibida la información sólo
cuando dicho cargo se haga efectivo en el banco.
(H) Comprobante de la Declaración
Una vez que el contribuyente envió su declaración a través de Internet, debe esperar la respuesta
que se entregará a través del sitio web del Servicio de Impuestos Internos.
Mediante la opción
“Consultar Estado de Declaración de Renta”,
del submenú “Consulta y
Seguimiento de Renta”, el contribuyente podrá obtener en cualquier momento el
Certificado
Solemne
. Deberá guardar el número de folio, ya que
constituye el único comprobante de la
Declaración presentada vía Internet
.
(I) Consulta de la Situación de la Declaración de Renta
Independiente de la alternativa utilizada para presentar la declaración, el contribuyente podrá
consultar el estado de ésta a través de la opción
"Consultar Estado de Declaración de Renta"
en el sitio web del SII. Al seleccionar esta opción, se solicitará el número de Cédula de Identidad
o de RUT y clave. Esta opción permite conocer la situación en la que se encuentra la declaración
del contribuyente. Desde un primer momento podrá saber si fue recibida por el SII, obtener el
Certificado Solemne y, durante el mes de mayo del año 2016, saber si le corresponde
devolución, si la declaración ha sido observada, cuáles son esas observaciones, conocer la
conclusión producto de éstas y ver la carta de notificación, si corresponde.
Si el Representante Electrónico ha realizado la Declaración de Renta del contribuyente que le
otorgó la autorización respectiva, este último podrá ingresar al sitio web del Servicio con su
correspondiente RUT y Clave Secreta, y consultar el estado de su declaración.
Para evitar problemas en la Operación Renta consulte previamente su Situación Tributaria
utilizando INTERNET. Para ello, ingrese al menú
https://www.sii.cl/ccp/index.html(J) ¿Qué pasa si se equivocó en la Declaración?
Si detecta un error en la declaración sin pago enviada a través de INTERNET, podrá reemplazar
la declaración enviada, acción que podrá efectuar hasta el día
26 de abril del año 2016
. Con
posterioridad a dicha fecha, para efectuar modificaciones deberá esperar el inicio del proceso de
Declaraciones Rectificatorias.
En ningún caso debe entregar dos o más declaraciones, ya que esto será motivo de demoras
innecesarias en la regularización de su situación tributaria. Es decir, no debe entregar más de una
declaración, independientemente del medio de presentación.