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306

(t)

Ahorro previsional voluntario efectuado directamente por el

trabajador en una institución autorizada, de acuerdo al inciso

primero del artículo 42 bis LIR:

Ø

350 UF x UF Dic. 2015 $ 25.629,09…......................................

Ø

Tope 600 UF x UF Dic. 2015 $ 25.629,09….…………………

$ 8.970.182

$ 15.377.454

(2) CONFECCIÓN F-22

TIPOS DE RENTAS Y REBAJAS

CRÉDITO POR IMPTO. 1°

CATEG. EMPRESARIO

INDIVIDUAL

CRÉDITO POR IMPUESTO 1ª

CATEGORIA

RENTAS Y REBAJAS

BASE IMPONIBLE IUSC o GLOBAL COMPLEMENTARIO O ADICIONAL

RENTAS AFECTAS

1 Retiros (Arts.14, 14 bis y 14 quáter).

847

600

2.500.000

104

10.000.000

+

2 Dividendos distribuidos por S.A., C.P.A. y S.p.A. (Arts.14, 14 bis y 14 quáter).

601

1.250.000

105

5.000.000

+

3 Gastos rechazados pagados y otras partidas a que se refiere el Inc.3° Art. 21.

106

2.900.000

+

4 Rentas presuntas de: Bienes Raíces, Minería, Explotación de Vehículos y otras (Arts. 20 N°1, 34 N°1 y 34 bis N°s

.

2 y 3).

603

62.500

108

2.500.000

+

5

Rentas Propias determinadas según contabilidad simplificada, planillas, contratos y otras rentas.

954

1.125.000

955

5.000.000

Rentas por participación en sociedades que determinen rentas según contabilidad simplificada, planillas, contratos y otras

rentas.

956

957

Rentas obtenidas de contribuyentes acogidos a la Letra A) artículo 14 Ter (Propias y por Participaciones en Sociedades).

958

959

Total Rentas determinadas según código [604]= códigos [954]+[956]+[958] y código [109]= códigos [955]+[957]+[959]

604

1.125.000

109

5.000.000

+

6 Rentas percibidas de los Arts. 42 Nº 2 (Honorarios) y 48 (Rem. Directores S.A.), según Recuadro N°1.

110

4.500.000

+

7 Rentas de capitales mobiliarios (Art. 20 N°2), Retiros de ELD (Arts. 42 ter y quáter),Fondos Mutuos y Ganancias de Capital

(Art. 17 N°8), etc.

605

155

1.600.000

+

8 Rentas exentas del Impuesto Global Complementario (Art. 54 N°3).

606

152

400.000

+

9 Rentas del Art. 42 Nº1 (sueldos, pensiones, etc.).

161

15.000.000

+

10 Incremento por impuesto de Primera Categoría.

159

3.750.000

Incremento

por

impuestos

pagados o retenidos en el

exterior.

748

749

3.750.000

+

REBAJAS A LA RENTA

11 Impuesto Territorial pagado en el año 2015

166

800.000

Donaciones Art. 7° Ley N°

16.282/65 y D.L. N°45/73.

907

764

800.000

-

12 Pérdida en operaciones de capitales mobiliarios y ganancias de capital según líneas 2, 7 y 8 (ver instrucciones).

169

1.950.000

-

13

SUB TOTAL

(Si declara Impuesto Adicional trasladar a línea

46 ó 47

).

158

47.900.000

=

14 Cotizaciones previsionales correspondientes al empresario o socio (Art. 55 letra b).

111

-

15 Intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria,

según Art. 55 bis.

750

3.500.000

Dividendos Hipotecarios pagados

por Viviendas Nuevas acogidas al

DFL

Nº2/59

según

Ley

N°19.622/99.

740

751

3.500.000

-

16 20% Cuotas Fdos. Inversión adquiridas antes del

04.06.93.

822

6.025.964

Ahorro Previsional Voluntario

según inciso 1° Art.42 bis.

765

8.970.182

766

14.996.146

-

17

BASE IMPONIBLE ANUAL DE IUSC o IGC (Registre sólo si diferencia es positiva)

170

29.403.854

=

IUSC o IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO

18 Impuesto Global Complementario o IUSC según tabla (Art 47 ó Art. 52).

157

1.547.345

+

19 Débito Fiscal por Ahorro Neto Negativo según Recuadro N°4 (N°5 letra A y ex letra B Art. 57 bis).

201

+

20 10% Tasa Adicional de Impuesto Global Complementario, sobre cantidades declaradas en línea 3 (Inc. 3°, art. 21).

910

290.000

+

CREDITOS AL IMPUESTO

21 Crédito al IGC Fomento Forestal según D.L. N°701

135

-

22 Crédito proporcional al IGC por rentas exentas declaradas en línea 8 (Art. 56 N°2).

136

21.200

-

23 Crédito al IGC por Impuesto Tasa Adicional según ex. Art. 21.

176

-

24 Crédito al IGC por donaciones para fines deportivos (Art.62 y Sgtes. Ley N°19.712).

752

-

25 Crédito al IGC por Impuesto de Primera Categoría sin derecho a devolución (Arts. 41 A letra D N°7 y 56 N°3).

608

-

26 Crédito al IGC o IUSC por Gasto en Educación (Art.55 ter).

895

-

27 Crédito al IGC o IUSC por donaciones para fines sociales (Art. 1° bis Ley N° 19.885).

867

-

28 Crédito al IGC por donaciones a Universidades e Institutos Profesionales (Art.69 Ley N°18.681).

609

-

29 Crédito al IGC o IUSC por Impuesto Único de Segunda Categoría (Art. 56 N° 2).

162

350.000

-

30 Crédito al IGC o IUSC por Ahorro Neto Positivo según Recuadro N° 4 (N°4 letra A y ex letra B Art. 57 bis).

174

-

31 Crédito al IGC o IUSC por Impuesto de Primera Categoría con derecho a devolución (Art. 56 N° 3).

610

4.937.500

-

32 Crédito al IGC o IUSC por impuestos pagados o retenidos en el exterior (Arts. 41 A letra A y 41 C).

746

-

33 Crédito al IGC por donaciones al Fondo Nacional de Reconstrucción (Art. 5 y 9 Ley N° 20.444).

866

-

34 Crédito al IGC o IUSC por donaciones para fines culturales (Art.8 Ley N°18.985).

607

-

35

IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO O IUSC, DEBITO FISCAL Y/O TASA ADICIONAL DETERMINADO

304

(3.471.355)

=