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Razón Social sociedad o comunidad................................
RUT Nº..............................................................................
Dirección...........................................................................
Giro o Actividad.................................................................
PAGOS PROVISIONALES MENSUALES PUESTOS A
DISPOSICION DE LOS SOCIOS O COMUNEROS
CERTIFICADO Nº........................
Ciudad y fecha.................................
La sociedad de personas, sociedad de hecho, sociedad de profesionales o comunidad, según corresponda........................................, certifica que al socio o
comunero Sr............................ RUT Nº ..............................., para el Año Tributario 2016 se le ha puesto a su disposición el monto de los pagos
provisionales mensuales y otros créditos que se indica a continuación, para cubrir sus obligaciones tributarias hasta el monto adeudado según su propia
declaración de impuesto, incluyendo el monto de dichos pagos puestos a disposición de los demás socios o comuneros.
Datos del Socio o Comunero
Pagos Provisionales Mensuales Actualizados y otros créditos
Nombre
(1)
Nº RUT
(2)
Fecha
(3)
Monto
(4)
.........................................
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$ ...............................
$ ...............................
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Total
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(B) Crédito por sistemas solares térmicos (Ley N° 20.365/2009) (Código 870)
En el
Código (870)
de esta Línea las empresas constructoras deben anotar el remanente del
crédito por sistemas solares térmicos establecido por la Ley N° 20.365/2009 que les quedó
pendiente de imputación al término del ejercicio, el cual debidamente actualizado a dicha
fecha se puede deducir o imputar a cualquier Impuesto de la Ley de la Renta que afecta a los
referidos contribuyentes. El valor a anotar en este Código corresponde al registrado en el
Código (728) de la Línea 114 de la declaración del mes de Diciembre del año 2015, del
Formulario N° 29,
sobre Declaración y Pago Simultáneo de Impuesto Mensuales.
(C) Cantidad a registrar en el Código (871) de la Línea 60
Si el contribuyentes en el presente Año Tributario 2016, tiene derecho a un sólo tipo de
crédito, cualquiera de los indicados en las
letras (A) y (B)
anteriores, su valor deberá
registrarlo, además, en la última columna de la Línea 60 (Código 871) para su imputación a
los Impuesto Anuales a la Renta o solicitar su devolución respectiva de los eventuales
remanentes que se produzcan. Ahora bien, si el contribuyente durante el citado Año
Tributario, tiene derecho ambos tipos de crédito, junto con registrarlo en los códigos
pertinentes de la Línea 60, deberá sumar sus montos y el resultado de esta operación
anotarlo en el
Código (871)
de la citada Línea 60, para los mismos fines antes indicados.
Trasladar a Línea 60
(Código 58) Form. Nº 22,
sólo PPM socio declarante
MODELO DE CERTIFICADO Nº 18, SOBRE PAGOS PROVISIONALES MENSUALES
PUESTOS A DISPOSICION DE LOS SOCIOS O COMUNEROS