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632

13

REGION METROPOLITANA

PUENTE ALTO

PIRQUE

SAN JOSE DE MAIPO

SAN BERNARDO

CALERA DE TANGO

BUIN

PAINE

14

REGION DE LOS RIOS

VALDIVIA

MARIQUINA

LANCO

LOS LAGOS

FUTRONO

CORRAL

MAFIL

PANGUIPULLI

LA UNION

PAILLACO

RIO BUENO

LAGO RANCO

15

REGION DE ARICA Y PARINACOTA

ARICA

CAMARONES

PUTRE

GENERAL LAGOS

Finalmente, se debe señalar con el máximo de precisión, la

Actividad Económica

y su respectivo

Código,

de acuerdo al Clasificador de Actividades Económicas que se contiene en la

CUARTA

PARTE

de este Suplemento.

SECCION: FRANQUICIAS TRIBUTARIAS

SECCIÓN: FRANQUICIAS TRIBUTARIAS

Marque con X según

instrucciones

Franquicias Tributarias

Ley

18.392/19.149

95

E.I.R.L. (Ley N°

19.857)

787

D.S. N° 341

(Zona Franca)

73

D.L. N° 701 (F.F)

72

S.p.A. (Art. 424 y

sgte. De C.C.)

846

Ley N° 19.709

(Tocopilla)

786

D.L. N° 600 (E.I.E)

68

Instit. Art. 40 N°

2 y 4 LIR

69

P. de Negocios (Art.

41 D LIR)

788

Contribuyente Agricultor

Contabilidad Simplificada D.S.

N°344/2004

OPCION

805

RETIRO

813

(1)

Si el contribuyente se encuentra acogido a algunas franquicias tributarias o textos legales

que se indican en esta Sección, marque con una

(X)

la que corresponda, en el casillero

diseñado para tal efecto.

(2)

Tales franquicias o textos legales corresponden a los siguientes:

(a)

CODIGO 95:

Franquicias Regionales establecidas por las Leyes Nºs 18.392/85 y

19.149/92, que favorecen a las empresas que declaren la renta efectiva percibida o

devengada en la Primera Categoría y que desarrollen exclusivamente actividades

industriales, mineras, de explotación de riquezas del mar, de transporte y de turismo,

en los territorios de la XII Región de Magallanes y Antártica Chilena, ubicados en

los límites que indica la primera de las leyes señalada y en las Comunas de Porvenir

y Primavera, ubicadas en la Provincia de Tierra del Fuego de la XII Región de

Magallanes y de la Antártica Chilena, a que se refiere el segundo texto legal

mencionado.

(b)

CODIGO 786:

Franquicia Tributaria establecida por la Ley N° 19.709/2001, sobre

Zona Franca Industrial de Tocopilla, de la II Región del país.