Código Tributario – Artículo 70 y 132 – Código Civil – Artículo 1449. WordConforme con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, el contribuyente debe acreditar el origen de los fondos empleados en el desembolso, gasto o inversión, no siéndole exigible probar su disponibilidad, por no ser una exigencia establecida en la Ley.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA REGIÓN DE COQUIMBO – 17.10.2012 – RIT- GR-06-00023-2012 – JUEZ SR. CESAR VERDUGO REYES
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios – Artículo 23 WordSon gastos de tipo general aquellos desembolsos necesarios para el común funcionamiento de la empresa como un todo y que, por lo mismo, no se encuentran relacionados específicamente con la producción o servicios que preste el contribuyente, no obstante lo cual deben tener una vinculación directa con su actividad o giro.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 31.01.2013 – JUEZ SUBROGANTE SR. VÍCTOR HUGO AEDO LARA
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios – Artículo 23 N° 5 WordEn juicio el contribuyente puede acreditar que tiene derecho a utilizar el crédito fiscal IVA objetado por el Servicio acompañando los antecedentes probatorios respectivos.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE ANTOFAGASTA – 08.10.2012 – JUEZ SUBROGANTE SR. CLAUDIO ARAYA SALGADO
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° WordPara acreditar que la declaración de impuestos es maliciosamente falsa se requiere, entre otros antecedentes, acompañar el libro de compraventas del denunciado, a fin de determinar que entre los montos declaró se encuentra el crédito fiscal emanado de las facturas falsas objetadas.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 29.12.2012 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículos 31 N° 3, 70 y 71 WordCuando el Servicio deniega una solicitud de devolución de impuestos fundado en la falta de justificación del origen de los fondos con los cuales se efectuaron ciertas inversiones, el contribuyente debe acreditar el origen con contabilidad fidedigna, esto es, los asientos deben estar sustentados en la documentación correspondiente.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE PUERTO MONTT – 27.12.2012 – JUEZ TITULAR SR. CHRISTIAN ALLEN ROJAS
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° WordLa persona del socio es esencial en la constitución y funcionamiento de una sociedad de persona, de forma tal que las facturas objetadas fueron recibidas por uno de ellos, a sabiendas que no eran emitidas por los supuestos proveedores, el ilícito se configura.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 26.12.2012 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículo 123 - Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículo 70. WordEn materia de fiscalización de inversiones, el Servicio está obligado a tener una conducta activa para reunir antecedentes, pues la presunción del artículo 70 de la Ley sobre Impuesto a la Renta se basa en tener previamente determinado con total precisión un hecho cierto, descrito como “inversión, gasto o desembolso”.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA REGIÓN DE AYSÉN – 24.10.2012 – RIT – GR-13-00004-2012 – JUEZ SR. ROBERTO AGUIRRE LAGOS
Código Tributario – Artículo 24 – Ley N° 18.575 – Artículo 2° - Ley N° 19.880 – Artículo 11 y 41 WordConforme al artículo 41 de la Ley N° 19.880, las resoluciones que pongan fin a un procedimiento administrativo deben ser fundadas, lo cual importa que de la sola lectura del documento pueda el administrado enterarse de las razones y argumentaciones que sustentan la pretensión fiscal de gravar ciertos y determinados hechos con impuesto.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANIA – 22.10.2012 – RIT – GR-08-00053-2012 – JUEZ SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículo 31 y 132. WordPara poder rebajar tributariamente un gasto debe cumplirse con los requisitos establecidos en el artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA REGIÓN DE COQUIMBO – 22.10.2012 – RIT – GR-06-00024-2012 – JUEZ SR. CÉSAR VERDUGO REYES
Código Tributario – Artículo 11, 124, 200 y 201. WordConforme al artículo 124 del Código Tributario, en los casos en que existe liquidación y giro, no procede reclamar de este último acto, salvo que éste no se conforme con la liquidación que le haya servido de antecedente.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA – 19.10.2012 – RIT- GR-08-00009-2012 – JUEZ SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° WordPara entender configurado el ilícito del artículo 97 N° 4 inciso 1° del Código Tributario, no basta con señalar el perjuicio fiscal en materia de renta, sino que se requiere que se acompañen antecedentes que permitan determinar la configuración de la conducta imputada.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 20.12.2012 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículo 21 – Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículo 70 y 71 WordNo es suficiente para acreditar el origen de los fondos con los cuales se efectuó una inversión, señalar que ello tuvo lugar mediante un crédito automotriz, si el vehículo no se encuentra prendado, o con prohibición de celebrar actos, o bien, ello tuvo lugar en una fecha muy posterior a aquella en que se obtuvo el referido crédito.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 20.12.2012 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículo 21 – Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículo 70 y 71 WordNo procede aplicar el artículo 21 del Código Tributario en materia de justificación de inversión cuando el contribuyente no debe justificar el origen de los fondos efectuados dentro del marco de su actividad comercial ni argumenta que los dineros fueron obtenidos de dicho giro.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE COYHAIQUE – 15.12.2012 – JUEZ TITULAR SR. ROBERTO AGUIRRE LAGOS
Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículos 23 N° 1, 52, 53 WordEl Servicio puede agregar los débitos fiscales correspondientes a una factura anulada cuando no existe evidencia de que existan los ejemplares “original” y “triplicado control tributario” ni que éstas hayan estado en poder del actor al momento de la anulación de las mismas.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 11.12.2012 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículo 97 N° 6 WordPara que se configure la infracción del artículo 97 N° 6 del Código Tributario, el entrabamiento debe ser efectuado por el contribuyente, sea personalmente, o mediante su representante legal o convencional o dependiente a cargo o responsable de la contabilidad.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 07.12.2012 – JUEZ TITULAR SR. DON HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 inciso 2° WordEn un negocio familiar, aplicando máximas de la experiencia, se puede concluir que sus integrantes tienen conocimiento de la operatoria del mismo, de forma tal que si el administrador de éste compra facturas y las registra en el libro de compras y ventas, la declaración efectuada por la contribuyente es maliciosamente falsa.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 12.12.2012 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículos 70 y 71 WordEl contribuyente sujeto a renta presunta, si alega que el origen de fondos con los que ha efectuado una inversión se encuentra en rentas efectivas superiores a las presumidas de derecho, debe acreditarlo con contabilidad fidedigna incluso si la fuente está constituida por préstamos.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE CONCEPCIÓN – 10.12.2012 – JUEZ TITULAR SR. ANSELMO IVÁN CIFUENTES ORMEÑO
Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículos 70 y 71 WordCuando el contribuyente alega que las rentas efectivas son superiores a las presumidas de derecho, ello sólo puede ser acreditado en juicio con contabilidad fidedigna.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE CONCEPCIÓN – 07.12.2012 – ANSELMO IVÁN CIFUENTES ORMEÑO
Código Tributario – Artículo 97 N° 10 WordLa ley exige emitir la boleta “en el mismo momento” de la entrega real o simbólica de las especies compradas, lo que implica que ello debe tener lugar mediando un muy breve espacio de tiempo entre la entrega y el otorgamiento del documento IVA.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE CONCEPCIÓN – 26.11.2012 – JUEZ TITULAR SR. ANSELMO IVÁN CIFUENTES ORMEÑO
Código Tributario – Artículos 24 y 36 bis WordSi no consta que el contribuyente fue quien efectuó una declaración rectificatoria ni que ésta se efectuó a su petición, el giro que se emite producto de la diferencia de impuestos generada y que el Servicio de Impuestos Internos señala haber emitido a petición del contribuyente, adolece de un vicio de nulidad.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA SERENA – 03.12.2012 – JUEZ TITULAR SR. CÉSAR VERDUGO REYES
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° WordPara demostrar que se presentaron declaraciones maliciosamente falsas, en los términos de los artículos 97 N° 4 incisos 1° y 2° del Código Tributario, es necesario acompañar en juicio las declaraciones de impuesto de los períodos respectivos.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 26.11.2012 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículo 155 y siguientes WordEl procedimiento especial por vulneración de derechos es de naturaleza cautelar, de forma tal que resulta improcedente acoger un reclamo tramitado conforme con sus reglas cuando la acción del Servicio de Impuestos Internos que se impugna, a la fecha de la interposición del reclamo, ya se había ejecutado.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 29.11.2012 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículos 97 N° 4 incisos 1° y 2° WordCorresponde al Servicio de Impuestos Internos acreditar la falsedad de las facturas registradas en la contabilidad de un contribuyente, como asimismo, el hecho de que las declaraciones respectivas son maliciosamente falsas.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE DE LA VII REGIÓN DEL MAULE – 26.11.2012 – JUEZ TITULAR SR. ANSELMO IVÁN CIFUENTES ORMEÑO
Código Tributario – Artículos 97 N° 4 incisos 1° y 2° WordCorresponde al Servicio de Impuestos Internos acreditar la falsedad de las facturas registradas en la contabilidad de un contribuyente, como asimismo, el hecho de que las declaraciones respectivas son maliciosamente falsas.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE DE LA VII REGIÓN DEL MAULE – 26.11.2012 – JUEZ TITULAR SR. ANSELMO IVÁN CIFUENTES ORMEÑO
Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículos 21, 29, 30, 31, 42 N° 2 y 50 WordCuando un contribuyente de segunda categoría opta por determinar su renta efectiva, debe establecerla conforme con las reglas que rigen para los contribuyentes de primera categoría. Por tal razón, debe acreditar la necesidad del gasto, esto es, que se trata de un desembolso inevitable y que se relaciona con su actividad profesional.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA – 23.11.2012 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 inciso 1° WordEl Servicio de Impuestos Internos debe acreditar la malicia del contribuyente en la declaración de impuesto presentada por éste, no bastando la constatación de que en un determinado año tributario una inversión tuvo tratamiento de renta exenta y al siguiente, se consideró gravada.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 19.11.2012 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículo 70 y 71 WordSólo procede justificar el origen de los fondos con los que se efectuaron inversiones, gastos y desembolsos, es decir, de los dineros con los cuales éstos se realizaron.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE COYHAIQUE – 19.11.2012 – JUEZ TITULAR SR. ROBERTO AGUIRRE LAGOS
Ley N° 18.320 – Artículo único WordCuando se configura una causal de exclusión de la Ley N° 18.320 y no se fundamentan debidamente la citación y liquidación en tal sentido ni se siguen las instrucciones establecidas en la Circular N° 67, de 2001, del Servicio de Impuestos Internos, procede anular el acto administrativo que determina las diferencias de impuesto.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 08.10.2012 – JUEZA NO INHABILITADA DOÑA GABRIELA ANDREA MERINO PÉREZ
Decreto Ley N° 910, de 1975 – Artículo 21 WordNo dan derecho al crédito especial para empresas constructoras establecido en el Decreto Ley N° 910, de 1975, las construcciones que no sean viviendas habitacionales y que se erijan sobre terrenos que tienen como uso prohibido el habitacional.
FELIPE MUÑOZ ALBÓNICO, JUEZ SUBROGANTE, TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA. AUTORIZÓ DON CARLOS PÉREZ HERRERA, SECRETARIO SUBROGANTE.
Ley N° 18.320 – Artículo único – Código Tributario – Artículo 59 WordLas causales establecidas en el N° 3 del artículo único de la Ley N° 18.320, sólo habilitan al ente fiscalizador para revisar períodos comprendidos más allá de los treinta y seis períodos mensuales anteriores a la fecha en que se notificó al contribuyente, pero no para prescindir del lapso de seis meses para citar, liquidar o girar.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE PUERTO MONTT – 05.11.2012 – JUEZ TITULAR SR. CHRISTIAN ALLEN ROJAS
Ley N° 18.320 – Artículo único WordDentro del plazo de seis meses establecido en el numeral 4° del Artículo Único de la Ley N° 18.320, el Servicio de Impuestos Internos puede alternativamente citar, liquidar o girar.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA SERENA – 29.10.2012 – JUEZ TITULAR SR. CÉSAR VERDUGO REYES
Decreto Ley N° 910, de 1975 – Artículo 21 WordLa empresa constructora no tiene derecho al crédito especial contemplado en el Decreto Ley N° 910, de 1975, cuando la construcción dice relación con terminaciones de un inmueble que un tercero inició.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE CONCEPCIÓN – 09.10.2012 – JUEZ TITULAR SR. ANSELMO IVÁN CIFUENTES ORMEÑO
Código Tributario – Artículos 11, 200 y 201 WordNo reviven ni se reinician los plazos fenecidos para deducir un reclamo por el hecho de que el Servicio, a petición del contribuyente, entregue a éste copias de los actos reclamados en una fecha posterior a aquella en la cual fueron válidamente notificados.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE ANTOFAGASTA – 03.10.2012 – JUEZ TITULAR SR. DAVID LAGOS FERNÁNDEZ
Código Tributario – Artículo 97 N° 16 WordCuando el Servicio dispone la reconstitución de la contabilidad, no basta con volver a confeccionar los libros de contabilidad, sino que las anotaciones de éstos sustentarse en documentos que deben acompañarse.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE COYHAIQUE – 05.10.2012 – JUEZ TITULAR SR. ROBERTO AGUIRRE LAGOS
Decreto Ley N° 910, de 1975 – Artículo 21 WordNo pueden acceder al beneficio del Decreto Ley N° 910, de 1975, sin los topes incluidos por la Ley N° 20.259, las viviendas cuyo permiso de edificación fue emitido con posterioridad al 1° de julio de 2009.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 05.10.2012 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículo 21 – Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículo 31 N° 3 WordNo es plausible sostener que la etapa jurisdiccional constituya una nueva instancia de fiscalización sin que previamente se acredite en forma completa y fundada cuáles son los incumplimientos en que incurrió el Servicio de Impuestos Internos.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE CONCEPCIÓN – 04.10.2012 – JUEZ TITULAR SR. ANSELMO IVÁN CIFUENTES ORMEÑO
Código Tributario – Artículo 97 N° 16 WordCuando el Servicio dispone la reconstitución de la contabilidad, no basta con volver a confeccionar los libros de contabilidad, sino que las anotaciones de éstos han de sustentarse en documentos que deben acompañarse.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE COYHAIQUE – 05.10.2012 – JUEZ TITULAR SR. ROBERTO AGUIRRE LAGOS
Código Tributario – Artículos 97 N° 4 inciso 2° y 132 WordCuando el Servicio de Impuestos Internos persigue sólo la aplicación de una multa por la comisión de ilícitos, según lo establecido en el artículo 162 del Código Tributario, el estándar de convicción para la condena no es asimilable al penal, pues los principios criminales deben ser matizados.
CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA – 24.09.2012 – MINISTROS SR. SR. DARIO I. CARRETTA NAVEA –SRA. EMMA DÍAZ YEVENES – ABOGADO INTEGRANTE SR. RICARDO HERNANDEZ MEDINA
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° WordNo es falsa la factura que no cumple con el requisito reglamentario de ser emitida indicando correctamente la fecha de vigencia, pues en este caso sólo se incumple un requisito reglamentario establecido en una norma administrativa.
HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA - JUEZ TITULAR DEL TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA VII REGIÓN DEL MAULE.
Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículos 21 y 54 WordCuando se determinan diferencias de impuesto a una sociedad de personas, cuyo origen radica en el rechazo de gastos, procede entender retiradas tales sumas por los socios y cobrar el impuesto global complementario correspondiente.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 31.05.2012 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículos 97 N° 4 incisos 1° y 2° WordEs contrario a las reglas de la lógica que un contribuyente presente declaraciones rectificatorias de impuesto cuando la operación objetada en una factura es efectiva.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 11.05.2012 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículo 97 N° 10 WordNo procede emitir boleta de honorarios cuando los dineros entregados a un abogado corresponden a una provisión de los gastos que deberá afrontar por la tramitación de un juicio en su calidad de mandatario judicial.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 11.09.2012 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículo 21, 63 y 64 WordSi el Servicio de Impuestos Internos prescinde de la declaración del contribuyente o antecedentes consignados en ella se encuentra obligado a efectuar una citación.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE ARICA – 28.08.2012 – JUEZ TITULAR SR. JORGE POHLHAMMER DOREN
Código Tributario – Artículo 97 N° 9 WordEl ilícito del comercio clandestino no sólo vulnera normas de la Ley de Propiedad Intelectual, sino que diversas normas tributarias, entre las que se encuentran aquellas que se refieren a la iniciación de actividades y al pago de tributos.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE VALDIVIA – 28.08.2012 – JUEZ TITULAR SR. HUGO OSORIO MORALES
Código Tributario – Artículo 97 N° 9 WordLa actividad de comercio clandestino implica ocultamiento respecto de las autoridades llamadas por el ordenamiento jurídico a regular la forma en que el comercio debe materializarse.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE VALDIVIA – 28.08.2012 – JUEZ TITULAR SR. HUGO OSORIO MORALES
Código Tributario – Artículos 155 y siguientes WordEl contribuyente debe demostrar la ilegalidad o arbitrariedad en el actuar del Servicio de Impuestos Internos para que proceda acoger un reclamo por vulneración de derechos.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 21.08.2012 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios – Artículo 23 N° 5 WordSi el Servicio de Impuestos Internos objeta el crédito fiscal emanado de facturas por considerarlas no fidedignas, corresponde al contribuyente acreditar que tiene derecho a éste según lo establecido en el artículo 23 N° 5 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 24.08.2012 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° WordLa presentación de declaraciones rectificatorias referidas a la mayoría de los períodos en que se registraron facturas objetadas constituye un reconocimiento por parte del denunciado de la improcedencia del uso del crédito fiscal IVA.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 31.07.2012 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículo 21 – Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículo 70 WordEl Servicio de Impuestos Internos debe verificar la veracidad de la información aportada por terceros a la hora de determinar diferencias de impuesto, pues la correcta determinación de la obligación tributaria está encargada por ley sólo a aquél.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA SERENA – 03.08.2012 – JUEZ TITULAR SR. CÉSAR VERDUGO REYES
Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículo 70 WordNo es una exigencia legal acreditar la disponibilidad y mantención de los fondos con los cuales personas no obligadas a llevar contabilidad completa realizan inversiones.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE PUNTA ARENAS – 24.07.2012 – JUEZ TITULAR SR. SERGIO VERA APARICIO
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios – Artículos 2° y 3° WordCorresponde al actor acreditar que la negativa de devolución del IVA -cuando ha operado un cambio de sujeto pasivo-, quiebra el sistema de dicho impuesto determinando que un agente de la cadena soporte el tributo.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE PUERTO MONTT – 19.07.2012 – JUEZ TITULAR SR. CHRISTIAN ALLEN ROJAS
Código Tributario – Artículos 21 y 132 – Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículos 21 y 33 N° 1 WordCuando se rechazan gastos a una sociedad de personas, dichas cantidades se entienden retiradas por los socios y procede el cobro del impuesto global complementario si se cumplen las condiciones objetivas establecidas en el artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, toda vez que se trata de una norma antielusiva que contiene una ficción legal.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 12.07.2012 - JUEZ TITULAR SR HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículos 21 y 132 – Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículos 21 y 33 N° 1 WordCuando se rechazan gastos a una sociedad de personas, dichas cantidades se entienden retiradas por los socios y procede el cobro del impuesto global complementario si se cumplen las condiciones objetivas establecidas en el artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, toda vez que se trata de una norma antielusiva que contiene una ficción legal.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 12.07.2012 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2°. WordNo pueden ser calificadas como facturas ideológicamente falsas aquellas timbradas con posterioridad a la fecha de emisión de las mismas, pues ello corresponde a facturas que no cumplen con los requisitos legales o reglamentarios.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 06.07.2012 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículos 21 y 97 N° 4 inciso 2°. WordSi el Servicio de Impuestos Internos señala que la denunciada carece de un vehículo motorizado con el cual efectuar los “fletes” consignados en las facturas, pues éste no se encuentra contabilizado, debe acreditarlo en juicio aportando dicha contabilidad.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE VALDIVIA – 10.07.2012 – JUEZ NO INHABILITADO SR. MIGUEL ORMAZÁBAL FIERRO
Código Tributario – Artículos 63 y 200 WordEl plazo de prescripción de la acción fiscalizadora del Servicio de Impuestos Internos no se aumenta cuando la prórroga del plazo para contestar la citación ha sido efectuada por funcionario incompetente.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE COPIAPÓ – 25.06.2012 – JUEZ SUBROGANTE SR. DANTE MARTÍNEZ BENAVIDES
Código del Trabajo – Artículos 9, 11, 41, 42, 44, 46, 47, 48, 49 y 71 – Código Tributario – Artículo 2 – Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículos 21, 31 N° 6, 33 y 54 WordCuando un gasto es rechazado a una sociedad, tal cantidad se agrega en la base imponible del impuesto global complementario de los socios, independientemente de si dicha cantidad fue efectivamente percibida por ellos o si les ha reportado provecho.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE IQUIQUE – RIT GR-02-00058-2011 – JUEZ TITULAR SR. MARIO GUZMÁN CORTÉS
Código Tributario – Artículo 97 N° 10 WordLa infracción del artículo 97 N° 10 del Código Tributario es divisible, siendo susceptible de recalificación en la sentencia, pero para que ello ocurra, deben acreditarse a lo menos los presupuestos de la imputación.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE PUERTO MONTT – 13.06.2012 – RIT ES-12-00002-2012 – JUEZ TITULAR SR. CHRISTIAN ALLEN ROJAS
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° WordLa comisión de los ilícitos del inciso 1° y 2° del artículo 97 N° 4 del Código Tributario se acredita por el hecho de que el contribuyente declare haber realizado maniobras para disminuir el monto del impuesto a pagar.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – GS-07-00021-2011 – 31.05.2012 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° WordSegún las máximas de la experiencia la conducta consistente en pagar el neto de facturas en efectivo y el IVA con cheque nominativo cruzado a nombre del proveedor, fue realizada para dar matiz de realidad a operaciones consignadas en facturas ideológicamente falsas.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 31.05.2012 – RIT GS-07-00001-2012 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículo 64 WordLa cesión del derecho de opción de compra emanado del leasing sólo podría ser tasada conforme con el artículo 64 del Código Tributario si se la califica como una cesión de créditos, y en tal caso, el Servicio debe fundamentar fehacientemente cuál es el valor corriente en plaza.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 30.05.2012 – RIT GR-08-00061-2011 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículos 97 N° 4 incisos 1° y 2°, Artículo 161 WordConfigura los ilícitos del artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° del Código Tributario el hecho de que el contribuyente declare créditos fiscales mayores a los consignados en sus libros o que carezcan del respaldo documentario necesario.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE PUNTA ARENAS – 24.05.2012 – RIT GS-09-00002-2012 – JUEZ TITULAR SR. SERGIO VERA APARICIO
Código Tributario – Artículo 124 WordSólo es posible reclamar de un giro que ha sido precedido de una liquidación, cuando éste no está conforme con aquélla.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE COPIAPÓ – 29.05.2012 – RIT GR-04-00003-2012 – JUEZ SUBROGANTE SR. DANTE MARTÍNEZ BENAVIDES
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° y Artículo 107 WordNo se acredita la comisión del ilícito del artículo 97 N° 4 inciso 1° del Código Tributario si no se acompañan las declaraciones de impuesto del período en que se contabilizó la factura falsa.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 18.05.2012 – RIT GS-07-00037-2011 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° WordEl denunciado declara maliciosamente el monto de los impuestos cuando contabiliza facturas no pudiendo menos que saber que aumentaría indebidamente el monto de los créditos, sin tomar los resguardos necesarios para evitarlo.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 04.05.2012 – RIT GS-07-00043-2011 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículo 17 y 97 N° 16 inciso 1° WordSe configura una pérdida de documentación no fortuita si el contribuyente no acompaña antecedentes que respalden su alegación de haber perdido las notas de crédito producto de terremoto.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 10.05.2012 – RIT ES-08-00020-2012 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículo 26 – Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículos 12, 14, 31 N° 3, 41, 41 A y 41 B WordCuando una agencia está situada en un paraíso tributario, debe acreditarse de forma especial y específica la concatenación entre los gastos de ésta y su vinculación con la generación de rentas afectas de la persona jurídica en Chile que está soportando el gasto de intereses siendo insuficiente la mera potencialidad de producir dichas rentas.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE ARICA – 03.04.2012 – RIT GR- 01-00003-2011 – JUEZ TITULAR SR. JORGE POHLHAMMER DOREN
Código Tributario – Artículo 97 N° 10 WordEl denuncio debe contener detalladamente la naturaleza de las operaciones respecto de las cuales se señala que el contribuyente no emitió boleta, y la fecha y monto de las mismas.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 05.04.2012 - RIT ES-08-00011-2012 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° WordCuando se constata que el contribuyente ha declarado maliciosamente facturas falsas tendientes a aumentar el monto de las imputaciones que puede hacer valer, por aplicación del principio de especialidad, se configura el ilícito del inciso 2° del artículo 97 N° 4 del Código Tributario.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 17.04.2012 – RIT GS-07-00053-2011 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículos 97 N° 4 incisos 1° y 2° WordConfigura el ilícito del artículo 97 N° 4 inciso 2° del Código Tributario el hecho de que el contribuyente reconozca que las facturas registradas eran entregadas en blanco a cambio del pago de una suma de dinero, las que luego éste llenaba.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE ANTOFAGASTA – 13.04.2012 – RIT GS-03-00025-2011 – JUEZ TITULAR SR. DAVID LAGOS FERNÁNDEZ
Código Tributario – Artículos 21 y 132 – Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículos 70 y 71 WordPara desvirtuar la presunción del artículo 70 de la Ley sobre Impuesto a la Renta basta que el contribuyente acredite el origen de los fondos con los que efectuó las inversiones cuestionadas, sin que requiera, además, demostrar si éstas tributaron, eran exentas o correspondían a ingresos no renta.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 10.04.2012 – RIT GR-07-00013-2011 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 inciso 2° WordEl ministro de fe que levanta el acta de denuncia es el llamado por la ley a notificarla. Luego, si ello no ocurre, la notificación no es válida y no produce sus efectos propios.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE VALDIVIA – 09.04.2012 – RIT GS- JUEZA NO INHABILITADA DOÑA ANDREA CATRIL BELTRÁN
Código Tributario – Artículo 97 N° 10 WordLa declaración jurada de un dependiente que señale no haber emitido boleta por la prestación de servicios no es indicio suficiente para estimar configurada la infracción del artículo 97 N° 10 del Código Tributario, toda vez que éste no es responsable del local.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA SERENA – 02.04.2012 – RIT ES-06-00009-2012 – JUEZ TITULAR SR. CÉSAR VERDUGO REYES
Código Tributario – Artículos 21, 97 N° 4 incisos 1° y 2° y Artículo 165 WordCuando un contribuyente utiliza facturas falsas para aumentar sus créditos fiscales y determinar un impuesto inferior al correspondiente, se configura de manera más perfecta el ilícito del inciso 2° del N° 4 del artículo 97 del Código Tributario, que prevalece por principio de especialidad.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 30.03.2012 – RIT GS-07-00025-2011 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículos 16, 17, 18, 20, 21 y 132 – Código de Comercio – Artículo 27 – Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículos 29, 30, 31, 32, 33 WordNo puede considerarse gasto una mera estimación de menor utilidad, pues no cumpliría con el requisito de ser un gasto efectivo, esto es, que se encuentre pagado o adeudado.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 27.03.2012 – RIT GR-07-00012-2011 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículo 21 – Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículo 70 y 71 WordPara estimar acreditado el origen de los fondos con que se efectúan inversiones no basta la mera existencia de contratos, sino que se requiere que acredite el traspaso de los fondos cuyo origen se encuentra en dicho actos jurídicos.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA SERENA – 27.03.2012 – RIT GR-06-00023-2011 – JUEZ TITULAR SR. CÉSAR VERDUGO REYES
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° WordEs demostrativo de que se está ante declaraciones de impuesto maliciosamente falsas el hecho de que el contribuyente señale que la totalidad de las facturas objetadas, que aparecen emitidas por distintos supuestos proveedores, daban cuenta de operaciones pactadas con una sola persona.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 21.03.2012 – RIT GS-07-00028-2011 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículos 11, 13, 24, 124, 200, 201 WordEl artículo 124 del Código Tributario contempla como única causal de reclamo de un giro el que éste no se conforme con la liquidación que le ha servido de antecedente.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 13.03.2012 – RIT GR-08-00063-2011 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 inciso 1°, Artículos 107 y 161 WordEl dolo del artículo 97 N° 4 inciso 1° del Código Tributario se entiende acreditado al probarse que el contribuyente subdeclaró los montos de las facturas de ventas y que luego las utilizó para disminuir indebidamente los débitos fiscales IVA.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 20.03.2012 – RIT GS-08-00064-2011 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículos 17 y 21 – Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículo 31 N° 3 WordSólo una vez que se haya determinado la pérdida tributaria de años anteriores, discutida en juicio ante el Director Regional del Servicio de Impuestos Internos, es posible establecer si procede o no la devolución de impuestos solicitada respecto de un período tributario posterior.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 08.03.2012 – RIT GR-08-00035-2011 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículo 132 – Ley sobre Impuesto a la Renta – Artículo 70 WordEn juicio, el deber del juez es ponderar preferentemente la contabilidad de un contribuyente obligado a llevar contabilidad completa, lo que significa que no debe sólo darse preeminencia a ésta, sino que puede ser complementada con otros elementos probatorios dignos de fe.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 01.03.2012 – RIT GR-08-00023-2011 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES
Código Tributario – Artículos 86, 97 N° 10, 107 N°s 1, 4, 5 y 6, Artículos 132, 165 – Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios – Artículos 52 y 54 – Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda – Artículo 51 WordLa declaración en juicio de funcionarios del Servicio de Impuestos Internos que señala que un dependiente les arrebató el talonario de boletas, se negó a firmar y mantuvo una actitud conflictiva, acredita la configuración de la agravante del artículo 107 N° 6 del Código Tributario.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE IQUIQUE – 24.01.2012 - RIT ES-02-00063-2011 – JUEZ SUBROGANTE SR. FRANCISCO ORELLANA RIVERA
Código Tributario – Artículos 86, 97 N° 10, 107 N°s 1, 4, 5 y 6, Artículos 132, 165 – Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios – Artículos 52 y 54 – Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda – Artículo 51 WordLa declaración en juicio de funcionarios del Servicio de Impuestos Internos que señala que un dependiente les arrebató el talonario de boletas, se negó a firmar y mantuvo una actitud conflictiva, acredita la configuración de la agravante del artículo 107 N° 6 del Código Tributario.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE IQUIQUE – 24.01.2012 - RIT ES-02-00063-2011 – JUEZ SUBROGANTE SR. FRANCISCO ORELLANA RIVERA
Código Tributario – Artículos 11 y 124 WordCuando una liquidación se notifica por carta certificada el plazo para reclamar se cuenta tres días después de su envío por parte del Servicio de Impuestos Internos a la respectiva oficina de correos.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE ANTOFAGASTA – 17.01.2012 – RIT GR-03-00010-2011 – JUEZ TITULAR SR. DAVID LAGOS FERNÁNDEZ
Código Tributario – Artículo 21, 86, 97 N° 4 incisos 1° y 2°, 107 N°s 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, Artículos 132 y 161 – Constitución Política de la República – Artículo 19 N° 3 – Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda – Artículo 51 WordLa declaración de un contribuyente prestada ante un ministro de fe permite acreditar el hecho sabía o no pudiera menos que saber que sus declaraciones contenían datos falsos, lo que podía derivar en una determinación de impuestos inferior.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TALCA – 18.01.2012 – RIT GS-07-00038-2011 – JUEZ TITULAR SR. HERNÁN FARÍAS SEPÚLVEDA
Código Tributario – Artículos 21, 24, 50, 53, 59, 97 N° 11, 132, 136 y 200 – Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios – Artículo 69 WordLa renuncia expresa a la prescripción de las acciones de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos requiere, por parte del contribuyente, de una manifestación de voluntad dirigida, sin lugar a dudas, en dicho sentido.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE ANTOFAGASTA – 09.01.2012 - RIT: GR-03-00012-2011 – JUEZ TITULAR SR. DAVID LAGOS FERNÁNDEZ
Código Tributario – Artículos 86, 97 N°s 10 y 17, 165 WordCuando se traslada mercadería sin que la totalidad de ésta se encuentre amparada por una guía de despacho, la infracción del artículo 97 N° 10 del Código Tributario sólo se configura si se determina la cantidad y el valor de venta de ésta.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TEMUCO – 11.01.2012 – RIT ES-08-00056-2011 – JUEZ TITULAR SR. ORLANDO CUEVAS REYES