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con los cuales Chile mantiene un CDTI vigente a que se refiere el párrafo 2°, del N° 1,
del artículo 41 C de la LIR, dicha aplicación no produce efecto alguno, atendido que las
normas legales que regulan la aplicación del IUSC establecido en los artículos 42 N° 1 y
43 N° 1 de la LIR, no admiten la deducción de ningún tipo de gastos o desembolsos.
Lo anteriormente expuesto se puede graficar a través del siguiente ejemplo práctico:
A.- ANTECEDENTES
(a)
Sueldos anuales de fuente chilena actualizados al 31.12.2015……………….
$ 30.000.000
(b)
IUSC retenido por el empleador sobre los sueldos de fuente chilena
actualizado al 31.12.2015……………………………………………………..
$ 1.650.000
(c)
Sueldo de fuente extranjera percibido en el mes de junio 2015, convertido a
moneda nacional y actualizado al 31.12.2015………………………………...
$ 3.500.000
(d)
Impuesto pagado en el exterior sobre sueldo de fuente extranjera convertido
a moneda nacional y actualizado al 31.12.2015………………………………
$ 1.900.000
(e)
Impuesto pagado por el propio trabajador sobre el sueldo de fuente
extranjera enterado al Fisco mediante el F-50 (Línea 53 Código 271)
actualizado al 31.12.2015……………………………………………………..
$ 600.000
B.- DESARROLLO
(a) Cálculo del Crédito por Impuestos Pagados en el Extranjero
Ø
Renta Fuente Extranjera x 35% = $ 3.500.000 x 35%
0,65 0,65
$ 1.884.615
=========
Ø
Impuesto pagado en el extranjero......................................................................
$ 1.900.000
=========
Ø
Se utiliza monto menor......................................................................................
$ 1.884.615
=========
(b) Monto Sueldos de fuente nacional y extranjera
Ø
Sueldos de fuente nacional actualizados al 31.12.2015……………………….
$ 30.000.000
Ø
Sueldo de fuente extranjera actualizado al 31.12.2015.....................................
$ 3.500.000
Ø
Crédito por IPE………………………………………………………………..
$ 1.884.615
Ø
Total sueldos anuales………………………………………………………….
$ 35.384.615
(c) Distribución IUSC Anual Reliquidado entre Sueldos de Fuente Chilena
y Extranjera por aplicación de lo dispuesto por el inciso final del N° 3
del artículo 41C de la LIR, en concordacia con lo establecido en el N° 7
de la Letra D) del artículo 41A de la misma ley
Sueldos anuales
(1)
Monto
Sueldos
(2)
Porcentaje
(3)
IUSC Anual
Reliquidado
(4)
Distribución
IUSC Anual
Reliquidado
entre sueldos de
fuente chilena y
extranjera
(4 x 3) = (5)
Ø
Sueldos de fuente chilena
actualizados.
$ 30.000.000
84,8%
$ 2.354.748
$ 1.996.826