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77

(A)

En esta

SEGUNDA PARTE

de este Suplemento Tributario se imparten las instrucciones

respecto de la información que debe proporcionarse en cada

Sección y Líneas

del Formulario Nº 22, de

acuerdo al tipo de renta o impuesto que declare el contribuyente.

(B)

Las referidas instrucciones se imparten para cada

Sección y Líneas del Formulario Nº 22

.

(C)

Antes de confeccionar su declaración, lea detenidamente las instrucciones que se imparten en

este

Suplemento Tributario.

II.- Instrucciones referidas al Anverso del Formulario Nº 22

SECCION: IDENTIFICACION DEL CONTRIBUYENTE

ROL UNICO TRIBUTARIO

01

Primer Apellido o Razón Social

02

Segundo Apellido

05

Nombres

03

-

(A)

La Sección antes indicada del Formulario N° 22 se encuentra ubicada entre las Líneas 63 y 6

4

del

citado Formulario.

(B)

La información a registrar en esta Sección

es obligatoria

, debiendo, por lo tanto, ser proporcionada

por todos los contribuyentes, independientemente del tipo de rentas e impuestos que se declaren.

(C)

Se debe anotar correctamente el

Nº de RUT

en el recuadro establecido para tal efecto

(Código 03)

y exhibir el

Original

de dicho documento o el de la

Cédula Nacional de Identidad

, según

corresponda, en el momento de presentar la declaración de impuesto

cuando ésta se presente en

papel.

Igualmente, se debe anotar en forma correcta y clara los nombres y apellidos del

contribuyente o su razón social, según proceda, con el fin de tener una perfecta individualización del

declarante.

Respecto de esta información se deberá tener presente las recomendaciones especiales indicadas en

los

Capítulos I y IV de la PRIMERA PARTE

de este

Suplemento Tributario.

SECCION: BASE IMPONIBLE IUSC Ó GLOBAL COMPLEMENTARIO O ADICIONAL

SUB-SECCION: RENTAS AFECTAS (LINEAS 1 A LA 10)

TIPOS DE RENTAS Y REBAJAS

CRÉDITO POR IMPTO. 1° CATEG.

EMPRESARIO INDIVIDUAL

CRÉDITO POR IMPUESTO

1ª CATEGORIA

RENTAS Y REBAJAS

RENTAS AFECTAS

1 Retiros (Arts.14, 14 bis y 14 quáter).

847

600

104

+

2 Dividendos distribuidos por S.A., C.P.A. y S.p.A. (Arts.14, 14 bis y 14 quáter).

601

105

+

3 Gastos rechazados pagados y otras partidas a que se refiere el Inc.3° Art. 21.

106

+

4 Rentas presuntas de: Bienes Raíces, Minería, Explotación de Vehículos y otras (Arts. 20 N°1, 34 N°1 y 34 bis N°s

.

2 y

3).

603

108

+

5

Rentas Propias determinadas según contabilidad simplificada, planillas, contratos y otras rentas.

954

955

Rentas por participación en sociedades que determinen rentas según contabilidad simplificada, planillas, contratos y

otras rentas.

956

957

Rentas obtenidas de contribuyentes acogidos al artículo 14 Ter (Propias y por Participaciones en Sociedades).

958

959

Total Rentas determinadas según código [604]= códigos [954]+[956]+[958] y código [109]= códigos [955]+[957]+[959]

604

109

+

6 Rentas percibidas de los Arts. 42 Nº 2 (Honorarios) y 48 (Rem. Directores S.A.), según Recuadro N°1.

110

+

7 Rentas de capitales mobiliarios (Art. 20 N°2), Retiros de ELD (Arts. 42 ter y quáter),Fondos Mutuos y Ganancias de

Capital (Art. 17 N°8), etc.

605

155

+

8 Rentas exentas del Impuesto Global Complementario (Art. 54 N°3).

606

152

+

9 Rentas del Art. 42 Nº1 (sueldos, pensiones, etc.).

161

+

10 Incremento por Impuesto de Primera

Categoría.

159

Incremento por impuestos pagados o

retenidos en el exterior.

748

749

+