Código Tributario – Artículo 97 N° 4 inciso final – Código de Procedimiento Penal – Artículo 546 N° 1° y 7°. WordLas normas reguladoras de la prueba son aquellas pautas básicas que importan prohibiciones o limitaciones impuestas por la ley a los sentenciadores para asegurar una correcta decisión en el juzgamiento criminal y que, si son conculcadas con influencia sustancial en lo resolutivo del fallo, pueden provocar su invalidación.
CORTE SUPREMA – ROL 5661-10 – 30.09.2011 – C/ YONHI Y PEYEIR BAYYAD GEORGEOS- MINISTROS SR. NIBALDO SEGURA P. – SR. JAIME RODRÍGUEZ E. – SR. RUBÉN BALLESTEROS C.- SR. CARLOS KÜNSEMÜLLER L.- ABOGADO INTEGRANTE SR. NELSON POZO S.
Código Tributario - Artículo 97 Nº 9 – Código Procesal Penal - Artículos 373 letra b), 385, y 386. WordEl bien jurídico protegido por la norma del artículo 97 N° 9 del Código Tributario es el orden público económico, el cual resulta quebrantado por la clandestinidad de las actos mercantiles, sean estos lícitos o ilícitos.
CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA – 14.06.2011 - PRIMERA SALA – C/ DANILO ALEJANDRO GALLARDO VELÁSQUEZ- ROL 159-2011- MINISTROS SRES. DARÍO I. CARRETTA NAVEA – LORETO CODDOU BRAGA – ANDRÉS BORDALÍ SALAMANCA
Código Tributario – Artículos 21 y 97 N°4 – Código de Procedimiento Civil – Artículos 764, 767, 785 y 805 WordEn una denuncia por infracción al Artículo 97 Nº 4 del Código Tributario, la malicia requerida es de orden tributario civil y puede establecerse tanto en la etapa administrativa como en la jurisdiccional, y una vez imputada al contribuyente debe ser éste, por mandato expreso del artículo 21 del mismo Código, el que ha de desvirtuarla.
CORTE SUPREMA – TERCERA SALA – 17.05.2011 – RENÉ RAÚL OÑATE CEA CON SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS – CAUSA ROL N° 3479 – 2009 – MINISTROS SRS. HÉCTOR CARREÑO S. – PEDRO PIERRY A. SONIA ARANEDA B. – HAROLDO BRITO C. – ABOGADO INTEGRANTE SR. BENITO MAURIZ
Código Tributario – Artículo 97 N° 9 – Código Procesal Penal – Artículo 373 letra b) WordLa norma del artículo 97 N°9 del Código Tributario protege el orden público económico, el que es quebrantado por la clandestinidad de acciones mercantiles lícitas o ilícitas.
CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA – 14.06.2011 – C/ DANILO ALEJANDRO GALLARDO VELASQUEZ – ROL N° 159-2011 – MINISTROS SEÑOR DARÍO I. CARRETTA NAVEA – FISCAL JUDICIAL SRA. LORETO CODDOU BRAGA – ABOGADO INTEGRANTE SR. ANDRES BORDALÍ SALAMANCA
Código Tributario – Artículos 97 Nos 8 y 9 – Ley N° 17.336 – Artículo 80 letra b) WordAparece como improcedente entender que la realización de cualquier actividad ilegal e ilícita esté gravada con impuestos, puesto que es de la esencia de los principios y normas tributarias que las cargas o tributos impuestas por el Estado recaen siempre y necesariamente sobre actos.
CORTE DE APELACIONES DE SAN MIGUEL – 31.01.2011 – C/ ARIEL RODRIGO SOTO ALARCÓN Y OTROS – ROL N° 479-2010 – MINISTROS SRA. SYLVIA PIZARRO BAHAHONA – SRA. M. SOLEDAD ESPINA OTERO – ABOGADO INTEGRANTE SR. HÉCTOR PALACIOS GREENE
Código Tributario – Artículo 97 N° 9. WordNo puede considerarse configurado el ilícito establecido en el artículo 97 N° 9 del Código Tributario si existe sustracción y venta a un tercero de animales vacunos, con la posterior retractación del ilícito.
CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA – PRIMERA SALA - 14.01.2011 - SII C/ YIVANET CABA CÁRDENAS Y OTROS – ROL 4 – 2011 - MINISTROS SRES. MARIO JULIO KOMPATZKI CONTRERAS - ADA GAJARDO PÉREZ - FISCAL JUDICIAL SRA. LORETO CODDOU BRAGA.
Código Tributario – Artículo 97 N°4 inciso final. WordSon elementos fundamentales que deben considerarse al tiempo de determinar el celo con que se ha procurado reparar el mal causado la especial naturaleza del iIícito pesquisado, el bien jurídico protegido en lo que a la integridad del patrimonio fiscal concierne, y la naturaleza y extensión del mal causado con el delito, entre otros.
CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA – 10.01.2011 – C/ ERICO FEDERICO AEDO ABURTO - ROL 464-2010 – REDACCIÓN DEL ABOGADO INTEGRANTE DON LUIS E. ULLOA ROSAS.