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MODALIDAD DE
CONSTRUCCION
VALOR DEL BIEN
REVALORIZACION
ART. 41 Nº 2 LIR
(1)
Bienes del activo
construidos
directamente por
la empresa.
En esta alternativa
la propia empresa
encara
la
construcción del
bien que requiere
para su giro,
recurriendo a sus
propios recursos
materiales
y
humanos.
Ø
Materiales necesarios
para la construcción
del bien.
Ø
Gastos de fabricación
que
inciden
directamente en la
construcción del bien,
incluyendo
los
intereses de préstamos
utilizados
en
su
construcción, mientras
el bien no entre en
funciones.
Ø
Servicios
proporcionados
por
terceros que inciden
directamente en la
construcción del bien.
Ej.: Contratos de
confección
de
especialidades.
Ø
Mano de obra directa
empleada
en
la
construcción del bien.
Ø
Se
corrigen
según
VIPC, con desfase
correspondiente,
existente entre el mes de
adquisición y el mes de
balance.
Ø
Se
corrigen
según
VIPC, con desfase
correspondiente,
existente entre el mes de
pago o adeudo del gasto
o interés y el mes de
balance.
Ø
Se
corrigen
según
VIPC, con desfase
correspondiente,
existente entre mes de
pago o adeudo del
servicio y mes de
balance.
Ø
Se
corrigen
según
VIPC, con desfase
correspondiente,
existente entre el mes de
pago o adeudo de las
remuneraciones y el
mes de balance.
NOTA 1: Si a la fecha del balance el bien aún no estuviere terminado de todas
maneras los elementos del costo se corrigen de acuerdo a la forma antes
indicada. Cuando los bienes se clasifiquen como del activo realizable su
actualización se efectuará de acuerdo a las normas del Nº 3 del artículo 41 de la
LIR.
(2)
Bienes del activo
construidos
mediante
un
contrato por suma
alzada.
En esta modalidad
la empresa recurre a
los servicios de un
tercero para la
construcción
del
Ø
Precio pactado entre
las partes para la
construcción del bien, el
cual se imputará al costo
del bien a medida que se
vaya
aprobando
la
ejecución de la obra
según los respectivos
estados de pago.
Ø
Se corrigen según la
VIPC, con el desfase
correspondiente,
existente entre el mes
en que se paga o
adeuda el precio de la
obra
según
la
aprobación gradual o
total de ésta y el mes
del balance.